Este miércoles terminó el juicio seguido contra el exintendente de Morillo, Atta Miguel Gerala, quien resultó absuelto por el Tribunal Oral Federal 2, integrado por el juez Domingo Batule (presidente), Gabriela Catalano y Diego Matteucci. En la audiencia, el tribunal interrogó a los acusados, Gerala y el oficial subayudante Mauro Rodríguez, en su última oportunidad de hablar ante los jueces antes de la deliberación, pero ninguno dijo nada.
El exmandatario llegó acusado de los delitos de contrabando de mercadería triplemente agravado por la cantidad de personas intervinientes, por tratarse de un funcionario público y por el valor de la mercadería, en calidad de partícipe primario. También por robo agravado por haber sido cometido en despoblado y en banda, y malversación de caudales públicos, en calidad de autor. Rodríguez, en tanto, estaba imputado por el delito de cohecho pasivo.
El tribunal dio a conocer su fallo, previo a una extensa exposición de fundamentos, la que duró más de tres horas. Resolvió absolver a Gerala por entender que no había prueba suficientes en su contra. Reconoció el enorme trabajo de la fiscalía en materia de evidencias, pero consideró que las pruebas eran de carácter directas, por lo que la acusación no alcanzó a quebrar el estado de inocencia.
Respecto a Rodríguez, sí se estableció que existían indicios y evidencias directa de su participación delictiva en los hechos. Al respecto, señalaron la existencia de evidencias como comunicaciones con José Miguel Gerala, hijo del exintendente, en las que se referían a la liberación de la zona para el paso de camionero con rieles en la zona de Pluma de Pato, cabe recordar que el policía era el Jefe del Destacamento de ese paraje.
La fiscalía solicitó para el acusado una pena de tres años de prisión condicional, inhabilitación perpetua para el ejercicio de cargos público y reglas restrictivas de conducta, entre ellas la prohibición de residir el paraje de Pluma de Pato, dada las amenazas que había hecho contra pobladores de ese lugar, en su totalidad integrantes de comunidades originarias.
La defensa, en tanto, solicitó el mínimo de la pena prevista, de un año de prisión condicional. Por su parte el tribunal, resolvió condenarlo a la pena requerida por la fiscalía de tres años, más la inhabilitación perpetua en la función pública y la prohibición de circular o residir en el departamento de Rivadavia Banda Norte, en especial en la zona de Pluma de Pato.
Por la fiscalía intervinieron el fiscal general, Eduardo Villalba y la auxiliar fiscal Roxana Gual.






