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Entrenador de futbol a juicio: denuncias por mensajes inapropiados a dos futbolistas menores y pedido de restricción

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La investigación apunta a un entrenador acusado de mantener comunicaciones de contenido inapropiado con dos jugadoras de 15 y 16 años. UFICON analizó los mensajes, tomó declaración a las adolescentes y pidió que el caso llegue a juicio. También solicitó que el acusado no pueda acercarse a las menores.

La alarma se encendió detrás de una cancha de fútbol, pero la investigación terminó poniendo bajo la lupa las comunicaciones privadas de un entrenador con dos adolescentes de 15 y 16 años.

La Unidad Fiscal Contravencional (UFICON) solicitó al Juzgado de Garantías en turno la elevación a juicio de la causa iniciada contra el hombre, a quien se le atribuye una presunta infracción al artículo 115 de la Ley Contravencional 7135/01. Al mismo tiempo, requirió que se imponga una prohibición de acercamiento respecto de las dos adolescentes.

La investigación comenzó luego de que la madre de una jugadora de 16 años denunciara al entrenador. Según relató, el hombre mantenía conversaciones directas con su hija mediante WhatsApp y el contenido y la manera en que se dirigía a la adolescente le resultaban inapropiados.

La situación tomó otra dimensión cuando la madre de una segunda jugadora, de 15 años, también presentó una denuncia. De acuerdo con su testimonio, el entrenador habría mantenido comunicaciones con la menor que excederían el vínculo estrictamente deportivo y, según se indicó, incluso la habría invitado a salir.

Mensajes bajo la lupa

A partir de las denuncias, UFICON avanzó sobre la evidencia digital y analizó las comunicaciones mantenidas entre el acusado y las adolescentes. Como parte del procedimiento, las dos menores prestaron declaración testimonial mediante Circuito Cerrado de Televisión (CCTV).

Con los elementos reunidos durante la investigación, la Unidad Fiscal consideró que existen fundamentos para solicitar que la causa sea elevada a juicio.

Además, ante la naturaleza de los hechos investigados y con el objetivo de resguardar a las adolescentes, pidió que se disponga una medida de prohibición de acercamiento del acusado hacia ambas.

Qué establece la norma

El artículo 115 del Código Contravencional contempla sanciones de arresto o multa para quien, en espacios públicos o privados de acceso público, despliegue conductas o acciones físicas o verbales de connotación sexual que afecten o perturben la vida, dignidad, libertad o integridad de una persona, siempre que la conducta investigada no constituya un delito.

La causa deberá ahora continuar ante la Justicia de Garantías, que deberá resolver sobre los planteos formulados por la Unidad Fiscal Contravencional.