Debido al mal estado de los caballos secuestrados, ordenaron a la Policía entregarlos a una fundación

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La jueza de Garantías 8, Claudia Puertas, hizo lugar a la medida cautelar solicitada por la presidenta de la Fundación Ajuya Jalala y ordenó la entrega provisoria de 26 caballos y un asno, los que se encuentran secuestrados en el Departamento de Caballería de la Provincia.

En la misma resolución declaró abstracto el pedido de entrega de los animales que fueron secuestrados con relación a dos actuaciones complementarias, ya que los mismos ya habían sido entregados de manera definitiva.

Por otra parte, en relación a lo solicitado con respecto a dos caballos, los mismos le fueron entregados de manera definitiva a esa fundación. La jueza intimó a la fiscalía penal UFICON a que en treinta días comunique si corresponde la entrega de otros animales a sus propietarios o si los mismos deben ser decomisados, ello bajo apercibimiento de ordenarse la entrega definitiva de los mismos a la fundación.

El Departamento Caballería deberá colaborar con la carga y trámites de traslado de los animales en caso de ser necesario.

La fundación “Ajuya Jalala”, que significa Almas vivas, tiene entre sus fines el resguardar los derechos de los animales. En su demanda la presidenta de la fundación explicó que solicitó la medida cautelar ante “los constantes reclamos por parte de la sociedad sobre los animales que se encuentran en la actualidad en el Departamento Caballería, y que ante su mal estado (situación que ha empeorado últimamente a consecuencia de las lluvias), tratando de buscar la manera de poder ayudarlos y colaborar con su mejoramiento”.

Solicitaron en su presentación la entrega a esa ONG, ya sea en carácter Definitivo o Provisorio, de todos los animales que se encuentren en riesgo para que sean dados en adopción a familias que se harán cargo responsablemente de su alimentación, vacunación y cuidado, más teniendo en cuenta la situación zoonótica que atraviesan actualmente respecto a la encefalomielitis equina.

 Al momento de resolver el planteo, la jueza tuvo en consideración que la Constitución Nacional proclama en su artículo 41 la protección de la biodiversidad y el derecho de todos los habitantes a un ambiente sano, mientras que en su artículo 43 brinda la posibilidad de una acción colectiva expedita y rápida ante las autoridades para toda persona o asociación que considere afectados los derechos que protegen el medio ambiente.

Tuvo en cuenta también el apremiante estado de salud en el que se encuentran los animales en cuestión, de los que se acompañaron fotografías que demostraron la necesidad de adoptar una medida urgente que procure el resguardo de estos seres sintientes.

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