Comenzó el juicio contra la organización narcocriminal que operaba en la cárcel de Villa Las Rosas.

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El juicio oral contra integrantes del Servicio Penitenciario de la provincia de Salta, presos alojados en la Unidad Carcelaria 1 y familiares, todos acusados de conformar una organización narcocriminal que operaba en el Penal de Villa Las Rosas, comenzó este lunes 4 de agosto.

El Ministerio Público Fiscal provincial informó que se dio inicio, en la Sala 7 del Tribunal de Juicio del Distrito Centro, al debate contra 20 personas. Este juicio estará a cargo de los jueces Federico Diez, Paola Marocco y Javier Aranibar y se prevé que más de 180 testigos presten declaración a lo largo del proceso.

La Unidad Fiscal acusa a ocho funcionarios del Servicio Penitenciario de Salta, internos penados alojados en la Unidad Carcelaria Nº1 y familiares de estos, de formar parte de una organización narcocriminal que operaba en el Penal de Villa Las Rosas, en la cual cada uno desempeñaba un papel especifico.

“La investigación se inició a partir de denuncias anónimas, que señalaban que el personal de la Unidad Carcelaria 1 de Salta estaba involucrado en actividades ilícitas, entre las que se incluían la solicitud de sobornos a cambio de beneficios para los internos, así como la facilitación del ingreso de elementos prohibidos y sustancias estupefacientes al recinto de detención”, detalla el comunicado.

Durante la pesquisa se analizaron más de 50 cuentas bancarias, de las cuales se obtuvo un resultado de “más de 1.000 transferencias realizadas por familiares de personas privadas de la libertad”.

Además, se intervinieron más de 20 líneas telefónicas y se recopilaron 90 declaraciones testimoniales durante el periodo investigado, comprendido entre 2021 y 2023.

Con los datos obtenidos, la Unidad Fiscal concluyó que los funcionarios del Servicio Penitenciario Sergio Moya, Francisco Arturo Bisceglia, Rubén Antonio Guaymás, Luis Roberto Castaño, José Luis Alarcón, Marcelo Olguín Magno, Raúl Antonio Arjona y Marcos Matías Bucotich García “habrían exigido indebidamente dádivas a internos penados alojados, haciendo uso abusivo de sus cargos y de las atribuciones y potestades que poseían, como así también de su jerarquía y antigüedad”.

Dichas exigencias consistían en la “entrega de sumas de dinero u otros elementos de valor, a cambio de gestionar o facilitar la obtención de beneficios contemplados en el régimen progresivo de la pena, tales como la elevación de calificaciones en concepto de conducta, la aceleración de trámites para la obtención de salidas extramuros o transitorias, el otorgamiento de salidas a granja, y/o cambios de pabellón, entre otros”.

Asimismo, se habría permitido el ingreso de otro tipo de elementos no autorizados por el reglamento interno de las Unidades Carcelarias, tales como celulares, cargadores, comidas y bebidas, sustancias estupefacientes y otros objetos, además de protección ante posibles abusos.

Se constató que las transacciones se realizaban de forma electrónica o mediante la entrega de dinero en efectivo, a través de encuentros entre los funcionarios penitenciarios y familiares de los internos.

“En cuanto a la comercialización de estupefacientes, los investigadores identificaron tres vértices fundamentales para su consumación: la distribución de la sustancia en el interior de la Unidad Carcelaria;  los nexos externos que recibían dinero, distribuían y administraban cuentas bancarias, producto de la comercialización de estupefacientes;  y la participación y connivencia necesaria de funcionarios públicos, que por omisión o acción, permeabilizaban el sistema de seguridad e ingresaban la sustancia prohibida al establecimiento, brindando seguridad a la organización delictiva”, describen.

De este modo, Moya, Bisceglia, Castaño, Alarcón, Arjona y García llegaron a juicio imputados por los delitos de exacciones ilegales agravadas y concusión; considerándolo coautor penalmente responsable del delito de comercialización de estupefacientes agravada por la participación de más de tres personas, realizada en un lugar de detención y cometida por funcionarios encargados de la guarda de presos; y miembro penalmente responsable por el delito de asociación ilícita, todo ello en concurso real.

Mientras que Castaño por ser coautor penalmente responsable del delito de comercialización de estupefacientes agravado por la participación de más de tres personas, realizada en un lugar de detención y cometida por funcionarios encargados de la guarda de presos; y miembro penalmente responsable por el delito de asociación ilícita, todo ello en concurso real.

Magnos y Guaymás por los delitos de exacciones ilegales agravadas, concusión; y considerándolo miembro penalmente responsable por el delito de asociación ilícita, todo ello en concurso real.

Manuel Méndez, María Inés Méndez, Héctor Gustavo Banega, Ivana Marcela Gutiérrez, Nicole Judith Ana Luna, Yanina Alejandra Chaju, Patricia Daiana Del Rosario Flores, Silvana Valeria Avendaño, María Cristina Galindo, Andrea Abigail Alba y Josué Joel Valencia por los delitos de comercialización de estupefacientes agravado por la participación de más de tres personas, realizada en un lugar de detención, y ser miembro de asociación ilícita; todo ello en concurso real.

Respecto a Baldomero Darío Córdoba, se lo señala como partícipe necesario penalmente responsable del delito de exacciones ilegales agravadas y concusión.

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