No van a prisión los hermanos de Oran que quemaron vivo a un perro

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El juez de Orán Ramiro Morizzio declaró procedente el acuerdo de juicio abreviado presentado por las partes durante una audiencia flexible y multipropósito.

Dos hermanos fueron condenados en ese contexto. El mayor, de 31 años fue considerado autor de los delitos de actos de crueldad animal, robo simple, amenazas con arma en tres hechos, y exhibiciones obscenas en concurso real, y cumplirá la pena de dos años de prisión de ejecución condicional.

Su hermano menor, de 28 años, cometió los delitos de crueldad animal y robo simple en concurso real, y por ello le impusieron la pena de un año y seis meses de prisión de ejecución condicional.

En el fallo el juez declaró a los perros como sujetos de derechos en su calidad de seres sintientes. Este reconocimiento implica que los animales no son meros objetos, sino que poseen derechos intrínsecos, siendo los seres humanos los que deben asegurar su protección, sus intereses y bienestar deben ser considerados, y lo fundamentó en la Ley 14346 de Protección animal.

Entre el 10 y 15 de mayo los acusados habían quemado vivo a un perro en su domicilio del barrio Primavera de Orán, y luego lo abandonaron en un cajón en la vía pública. Un vecino vio lo que pasaba e intentó socorrer al animal, luego radicó la denuncia. Durante un allanamiento en la vivienda se encontraron dos perros atados y embadurnados en aceite, y huesos calcinados encontrados cerca de una fogata y entre los residuos del lugar. Según las pericias estos restos podrían corresponder a otros animales que también habrían sido quemados.

Cabe destacar que un informe socio ambiental realizado en la zona de residencia de los acusados reveló que los vecinos se quejaban de la violencia de los hermanos, que ya habían sido denunciados con anterioridad, por otros hechos delictivos.

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