Un fallo del Juzgado Federal N°1 de Córdoba ordenó a la Universidad Nacional de Córdoba y a la empresa funeraria Juan Caruso SACIFEI indemnizar a una familia por el daño moral sufrido tras la confusión y entrega errónea del cuerpo de un familiar fallecido en el Hospital Nacional de Clínicas.
La sentencia, firmada por el juez Carlos Arturo Ochoa, dispuso una reparación económica luego de que los familiares debieran velar y cremar a una persona equivocada y atravesar dos veces el proceso de despedida.
“Para la familia fue un momento doloroso pasar por todo de nuevo dos veces: dos certificados de defunción y dos de cremación con una diferencia de 20 días. Es muy difícil para cualquiera”, le dijo a Infobae Paula Piedrabuena, abogada de los damnificados.
El caso se inició cuando la familia que veló y cremó el cuerpo equivocado demandó a la Universidad Nacional de Córdoba y a Juan Caruso SACIFEI por el “daño moral” ocasionado tras la muerte de F. Mercado el 9 de mayo de 2023.
Según la demanda, el cuerpo fue depositado en la morgue del hospital a la espera de ser retirado por la funeraria. Sin embargo, por una serie de negligencias, el personal de la casa funeraria extrajo el cadáver equivocado, que también llevaba el apellido Mercado, y lo trasladó para su velatorio y posterior cremación.
La familia relató que, durante el velorio, el ataúd permaneció cerrado y sellado, impidiéndoles despedirse de su padre y abuelo. Ante la consulta, el personal de la funeraria respondió con evasivas, argumentando razones de “expeditividad”.
Recién el 1 de junio, casi un mes después, uno de los familiares fue citado al hospital, donde el director médico y representantes legales de ambas instituciones le informaron que “habían cometido un error” y que el cuerpo cremado no era el de su familiar. El verdadero cuerpo de F. Mercado seguía en la morgue. La familia debió entonces reconocerlo y realizar un segundo velatorio y cremación, mientras recibía las cenizas de una persona desconocida: E. Mercado.






