{"id":18938,"date":"2021-03-12T13:04:53","date_gmt":"2021-03-12T16:04:53","guid":{"rendered":"https:\/\/www.todoeldia.com\/?p=18938"},"modified":"2021-03-12T13:04:54","modified_gmt":"2021-03-12T16:04:54","slug":"salta-avanza-a-juicio-un-caso-con-tres-imputados-por-trata-de-personas-que-captaban-a-traves-de-facebook","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.todoeldia.com\/index.php\/2021\/03\/12\/salta-avanza-a-juicio-un-caso-con-tres-imputados-por-trata-de-personas-que-captaban-a-traves-de-facebook\/","title":{"rendered":"Salta: avanza a juicio un caso con tres imputados por trata de personas que captaban a traves de Facebook"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La conducta achacada a los acusados incluye la captaci\u00f3n de mujeres de 18 a 25 a\u00f1os, a quienes luego explotaban sexualmente mediante un falso servicio de spa.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El fiscal federal Ricardo Rafael Toranzos acus\u00f3 y pidi\u00f3 juicio para tres integrantes de una familia por el delito de \u201ccaptaci\u00f3n de mujeres para ser sometidas a la explotaci\u00f3n sexual\u201d, de acuerdo a los art\u00edculos 145 bis y ter del C\u00f3digo Penal. El juez federal de Revisi\u00f3n Santiago French, quien dirigi\u00f3 la audiencia de control de acusaci\u00f3n celebrada el lunes y tambi\u00e9n resolvi\u00f3 otros planteos preliminares, hizo lugar a la acusaci\u00f3n y dispuso la remisi\u00f3n del caso a juicio, luego de expedirse respecto al ofrecimiento de pruebas de las partes.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El caso presentado por el fiscal, en cuya investigaci\u00f3n se desempe\u00f1aron Facundo Saravia y Juana Seambelar, del \u00c1rea de Casos Complejos de la Unidad Fiscal Salta, tiene a una pareja de hermanos y el concubino de uno de ellos, como responsables de distintas maniobras que tuvieron como objeto la captaci\u00f3n de mujeres, en especial de 18 a 25 a\u00f1os, para ser explotadas sexualmente mediante un sistema de citas o \u201cescort\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La pesquisa se inici\u00f3 el 22 de mayo de 2020 a partir de la denuncia realizada por dos mujeres, quienes aportaron datos de una cuenta en la red social Facebook, a trav\u00e9s de la cual se ofrec\u00eda trabajo, pero solo se trataba de una fachada. Al avanzar con las tareas investigativas, que incluyeron la utilizaci\u00f3n de un \u201cagente revelador\u201d, se pudo establecer que la oferta de trabajo era concretamente para los servicios de citas, cuyos valores oscilaban entre los 800 y 1.500 pesos, qued\u00e1ndose los acusados con el 50 % de las ganancias.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Tras reunir suficientes elementos probatorios, incluidas vigilancias y registros f\u00edlmicos, entre otros, la fiscal\u00eda solicit\u00f3 el allanamiento de nueve inmuebles, uno en C\u00f3rdoba y el resto en Salta, respecto de los cuales se estableci\u00f3 que seis estaban destinados a la explotaci\u00f3n sexual. Estas medidas se concretaron el 20 de julio de 2020, oportunidad en la que se rescataron siete v\u00edctimas y se secuestraron varios elementos de prueba, lo que llev\u00f3 a la fiscal\u00eda a formalizar la imputaci\u00f3n penal contra dos mujeres y un hombre, a los cuales luego se sum\u00f3 otro implicado m\u00e1s. Se trata de un hermano, quien fue imputado con prisi\u00f3n preventiva el 30 de en noviembre del a\u00f1o pasado por la misma calificaci\u00f3n penal. La fiscal\u00eda lleg\u00f3 a \u00e9l al seguir la ruta del dinero que mov\u00edan los acusados, estimado en sumas que superaron el medio mill\u00f3n de pesos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Pedido de sobreseimiento<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Tras formalizar la acusaci\u00f3n contra los dos hombres y dos mujeres por parte del MPF, la defensa oficial, a cargo de Gala Poma, interpuso un planteo preliminar en el marco del art\u00edculo 279 del C\u00f3digo Procesal Penal Federal (CPPF), que permite instar el sobreseimiento en la audiencia de control de acusaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La defensora as\u00ed lo hizo respecto a una de las acusadas, detenida el 20 de julio, basando su planteo sobre declaraciones brindadas por las v\u00edctimas rescatadas, de quienes resalt\u00f3 expresiones que desvinculaban a su defendida. A partir de ello, sustent\u00f3 la condici\u00f3n de v\u00edctima de su defendida, ya que tambi\u00e9n realizaba servicios sexuales y pagaba el 50 % exigido por la principal imputada; tambi\u00e9n indic\u00f3 que la tarea de captaci\u00f3n achacada por la fiscal\u00eda le era impuesta a todas las mujeres explotadas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La defensora p\u00fablica tambi\u00e9n rechaz\u00f3 que hiciera tareas de recolecci\u00f3n de dinero desde los distintos inmuebles y afirm\u00f3 que su defendida fue introducida por otra de las mujeres que eran sometidas a esta actividad, la cual reconoci\u00f3 como un flagelo para las mujeres.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Respecto a este planteo de sobreseimiento, el fiscal mantuvo la acusaci\u00f3n por entender que existen pruebas suficientes en su contra, entre ellas el registro de IP de la computadora secuestrada a la imputada, desde la cual se emiti\u00f3 la falsa publicidad de oferta de trabajo, mediante la cual se captaba a las mujeres para luego ser explotadas sexualmente. Agreg\u00f3 que los fundamentos expresados ya hab\u00edan sido expuestos en un planteo anterior, en el cual la defensora oficial reclam\u00f3 tambi\u00e9n el sobreseimiento por atipicidad que fue rechazado por el juez de Garant\u00edas a cargo de la audiencia.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El juez interviniente convalid\u00f3 un acuerdo de colaboraci\u00f3n realizado entre el MPF y una acusada<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Toranzos resalt\u00f3 que adem\u00e1s del rastro inform\u00e1tico que condujo a la acusada, se pudo probar, con tareas de seguimiento y registros f\u00edlmicos, que se encargaba de recolectar el dinero de los distintos departamentos, mientras que en las publicidades que los acusados realizaron en sitios web, los tel\u00e9fonos de contacto para los futuros clientes, pertenec\u00edan a la imputada. De esta manera, y tras el celebrar el cambio de postura de la defensora respecto a la condici\u00f3n y estado de vulnerabilidad de las mujeres explotadas, reconoci\u00e9ndola como \u201cuna v\u00edctima m\u00e1s\u201d, el fiscal pidi\u00f3 el rechazo del sobreseimiento, en raz\u00f3n de que la situaci\u00f3n de la imputada se evidenciaba diferente respecto a las v\u00edctimas rescatadas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Planteos sobre un acuerdo de colaboraci\u00f3n<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por su parte, el abogado Marcelo Pio Castellani, defensor de uno de los imputados, quien era responsable del traslado de las mujeres explotadas y otras tareas, tambi\u00e9n aleg\u00f3 por el sobreseimiento de su cliente, en raz\u00f3n de que las v\u00edctimas, seg\u00fan afirm\u00f3, \u201cdesconocieron\u201d su participaci\u00f3n en los hechos imputados. Reconoci\u00f3 que el hombre conoci\u00f3 en C\u00f3rdoba a la principal acusada, con quien inici\u00f3 una relaci\u00f3n de pareja, de la cual naci\u00f3 un hijo en com\u00fan, hecho por el cual ofreci\u00f3 prueba e intent\u00f3 invalidar lo declarado por su pareja, quien celebr\u00f3 un acuerdo de colaboraci\u00f3n con la fiscal\u00eda y, en ese marco, comprometi\u00f3 la situaci\u00f3n de su cliente.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por ello, solicit\u00f3 la nulidad del acuerdo, planteo al cual se opuso el defensor oficial Mart\u00edn Fleming, en representaci\u00f3n de la principal acusada, por considerar que el convenio acordado con la fiscal\u00eda se realiz\u00f3 dentro de las exigencias legales requeridas, sin hacer otras objeciones.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En estos casos, la fiscal\u00eda solicit\u00f3 el rechazo de lo pedido por el defensor Pio Castellani y acompa\u00f1\u00f3 el pedido de Fleming, en cuanto a la validez del acuerdo de colaboraci\u00f3n celebrado por la fiscal\u00eda con la imputada principal. Adem\u00e1s, desde el \u00c1rea de Casos Complejos, se fundament\u00f3 que respecto al causante se encontraba fehacientemente probado su participaci\u00f3n en los hechos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Un sobreseimiento y tres personas a juicio<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Al resolver los planteos, el juez French hizo lugar al pedido de la defensora Poma y sobresey\u00f3 a una de las acusadas por considerar que no exist\u00edan elementos suficientes respecto a su rol en la conducta delictiva achacada. Coincidi\u00f3 con la defensa respecto a la condici\u00f3n de v\u00edctima de la organizaci\u00f3n desarticulada por la fiscal\u00eda, la cual, por su parte, hizo reserva de impugnar tal decisi\u00f3n. En cuanto al pedido de nulidad del acuerdo de colaboraci\u00f3n, rechaz\u00f3 tal solicitud y confirm\u00f3 con ella la postura del representante del MPF.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">As\u00ed las cosas, el magistrado acept\u00f3 la acusaci\u00f3n contra la principal acusada y los otros dos causantes. Asimismo, dirigi\u00f3 el debate entre las partes respecto a las pruebas ofrecidas, tras lo cual formaliz\u00f3 el pase a juicio oral y p\u00fablico por el delito de trata de personas con fines de explotaci\u00f3n sexual.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La conducta achacada a los acusados incluye la captaci\u00f3n de mujeres de 18 a 25 a\u00f1os, a quienes luego explotaban sexualmente mediante un falso servicio de spa. 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