{"id":25064,"date":"2021-06-22T21:27:11","date_gmt":"2021-06-23T00:27:11","guid":{"rendered":"https:\/\/www.todoeldia.com\/?p=25064"},"modified":"2021-06-22T21:27:12","modified_gmt":"2021-06-23T00:27:12","slug":"el-viernes-comienza-el-juicio-contra-el-cura-abusador-rosa-torino","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.todoeldia.com\/index.php\/2021\/06\/22\/el-viernes-comienza-el-juicio-contra-el-cura-abusador-rosa-torino\/","title":{"rendered":"El viernes comienza el juicio contra el cura abusador Rosa Torino"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La fiscala penal Ver\u00f3nica Simesen de Bielke, representar\u00e1 al Ministerio P\u00fablico Fiscal en la audiencia de debate en la que la Sala IV del Tribunal de Juicio, juzgar\u00e1 al sacerdote Rub\u00e9n Agust\u00edn Rosa Torino, acusado de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante por la duraci\u00f3n agravado por ser ministro de culto reconocido, en perjuicio de dos v\u00edctimas; y abuso sexual simple agravado por ser el autor ministro de culto reconocido, en perjuicio una tercera.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El Tribunal colegiado ser\u00e1 presidido por el juez Maximiliano Troyano e integrado por los jueces Norma Vera y Roberto Faustino Lezcano.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Est\u00e1 previsto que las audiencias se realicen los d\u00edas 25, 28, 29 y 30 de junio y el 1, 2, 5, 6, 7 y 8 de julio de 2021.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En julio de 2019, las fiscalas penales Ver\u00f3nica Simesen de Bielke y Cecilia Flores Toranzos, reformularon el requerimiento de remisi\u00f3n de causa a juicio, en el marco de la causa contra el sacerdote. La acusaci\u00f3n llev\u00f3 la firma del procurador general de la Provincia de Salta, Abel Cornejo, quien ratific\u00f3 los fundamentos esgrimidos por las fiscales.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Dos requerimientos de elevaci\u00f3n a juicio<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El pedido de elevaci\u00f3n a juicio de la causa seguida contra Rosa Torino, acusado de abuso sexual gravemente ultrajante por la duraci\u00f3n agravado por ser ministro de culto reconocido en perjuicio de dos v\u00edctimas; y de abuso sexual simple agravado por ser el autor ministro de culto reconocido, en perjuicio una tercera v\u00edctima; fue dirigido a la jueza de Garant\u00edas 1, el viernes 5 de julio de 2019.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Las fiscalas reformularon la acusaci\u00f3n a partir de la resoluci\u00f3n del 25 de junio de ese a\u00f1o, cuando el juez de la Sala IV del Tribunal de Impugnaci\u00f3n, Adolfo Figueroa, declar\u00f3 nulo el requerimiento de la causa a juicio.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En el nuevo pedido, Ver\u00f3nica Simesen de Bielke y Cecilia Flores Toranzos dejaron constancia de que no comparten los fundamentos del vocal del Tribunal y precisaron, a trav\u00e9s de 54 p\u00e1ginas, c\u00f3mo se inici\u00f3 la causa; las declaraciones testimoniales de las v\u00edctimas y testigos; y las razones por las cuales se atribuy\u00f3 al imputado la comisi\u00f3n de los hechos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Entre los elementos probatorios detallados, se encuentran los resultados de las inspecciones oculares realizadas sobre los inmuebles donde habr\u00edan ocurrido los hechos; con planimetr\u00eda y tomas fotogr\u00e1ficas; pericias sobre tel\u00e9fonos celulares, un pendrive y DVD.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Del requerimiento se desprendi\u00f3, entre otros puntos, que \u201cde los diversos elementos reunidos en el curso de la investigaci\u00f3n, particularmente las declaraciones testimoniales no solo de v\u00edctimas de los atroces actos de abuso consumados por el acusado, sino tambi\u00e9n de testigos presenciales de los hechos, surge con claridad meridiana que el imputado Rub\u00e9n Agust\u00edn Rosa Torino, vali\u00e9ndose de su condici\u00f3n de \u201cfundador y director\u201d del Instituto de los Disc\u00edpulos de Jes\u00fas de San Juan Bautista, \u201cgu\u00eda espiritual\u201d de la comunidad religiosa y aprovechando tal condici\u00f3n, despleg\u00f3 conductas deshonestas en claro menoscabo de la libertad sexual de las v\u00edctimas\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Y que dichas conductas, afectaron la dignidad humana de las v\u00edctimas, \u201cal producir sufrimientos y humillaciones tanto por la intensidad de su duraci\u00f3n como por la repetici\u00f3n de tales conductas vejatorias que dejaron huellas indelebles en sus psiquis\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Agrega el pedido elevado por las fiscales y avalado a trav\u00e9s de la firma del Procurador General de la Provincia, que de la causa, \u201csurge el temor fundado que todas y cada una de las v\u00edctimas sufri\u00f3 hasta poder llegar a denunciarlo pues, tal como lo manifestaron, jam\u00e1s podr\u00edan expresar tales situaciones, porque inmediatamente eran humillados en p\u00fablico o gritados o insultados\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El requerimiento precisa que, tanto es as\u00ed \u201cque el acusado, se aprovech\u00f3 de la manifiesta superioridad sobre las v\u00edctimas para hacerlas objeto de actos de inequ\u00edvoco contenido sexual, con tocamientos en sus partes genitales en los casos de los denunciantes varones y mediante el tocamiento en la cola y en el pecho a la v\u00edctima mujer; actos libidinosos que se llevaron a cabo por el consentimiento viciado que se obten\u00eda a trav\u00e9s del referido prevalimiento, abusos que han producido necesariamente sufrimientos, malos recuerdos y una afecci\u00f3n ps\u00edquica general en las v\u00edctimas, deviniendo as\u00ed en el reproche penal mediante la presente acusaci\u00f3n\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Amenazas, humillaci\u00f3n y dominaci\u00f3n espiritual y econ\u00f3mica<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Entre otras cosas, el requerimiento hecho por las fiscalas, contiene distintas declaraciones de la mujer v\u00edctima, quien expres\u00f3 que radic\u00f3 denuncia en contra de Rosa Torino, en raz\u00f3n de haber recibido amenazas coactivas, insultos y humillaciones, abusos de autoridad, calumnias y difamaciones hacia su persona. Y dice la v\u00edctima \u201cpor su machismo y desprecio hacia las mujeres y por abusos sexuales reiterados y manoseos libidinosos y ultrajantes hacia ella y hacia diversos hermanos de la comunidad; por haberlos mantenido dominados en todo espiritualmente, econ\u00f3micamente, con respecto a las dem\u00e1s personas que \u00e9l consideraba que eran una amenaza para \u00e9l y por el ofrecimiento de d\u00e1divas para evitar la presente denuncia\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Seg\u00fan consta en un informe del Arzobispado de Salta, \u201cRosa Torino fue ordenado sacerdote para la arquidi\u00f3cesis de Salta el 21 de noviembre de 1985 y estuvo incardinado en esa Iglesia particular hasta la fecha de la aprobaci\u00f3n del Instituto de los Disc\u00edpulos de Jes\u00fas de San Juan Bautista, en 2009. A partir de ese momento, fecha dej\u00f3 de estar incardinado en Salta y pertenece a ese instituto\u201d, finaliza el informe.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La fiscala penal Ver\u00f3nica Simesen de Bielke, representar\u00e1 al Ministerio P\u00fablico Fiscal en la audiencia de debate en la que la Sala IV del Tribunal de Juicio, juzgar\u00e1 al sacerdote Rub\u00e9n Agust\u00edn Rosa Torino, acusado de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante por la duraci\u00f3n agravado por ser ministro de culto reconocido, en perjuicio [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":25065,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_joinchat":[],"footnotes":""},"categories":[73],"tags":[],"class_list":["post-25064","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","category-noticias-general"],"amp_enabled":true,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.todoeldia.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/25064","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.todoeldia.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.todoeldia.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.todoeldia.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.todoeldia.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=25064"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.todoeldia.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/25064\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":25066,"href":"https:\/\/www.todoeldia.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/25064\/revisions\/25066"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.todoeldia.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/25065"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.todoeldia.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=25064"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.todoeldia.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=25064"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.todoeldia.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=25064"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}