{"id":26295,"date":"2021-08-10T21:09:16","date_gmt":"2021-08-11T00:09:16","guid":{"rendered":"https:\/\/www.todoeldia.com\/?p=26295"},"modified":"2021-08-10T21:09:17","modified_gmt":"2021-08-11T00:09:17","slug":"tres-veces-la-justicia-le-pidio-a-una-curtiembre-que-suspenda-su-actividad-y-no-le-dieron-bola","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.todoeldia.com\/index.php\/2021\/08\/10\/tres-veces-la-justicia-le-pidio-a-una-curtiembre-que-suspenda-su-actividad-y-no-le-dieron-bola\/","title":{"rendered":"Tres veces la justicia le pidi\u00f3 a una curtiembre que suspenda su actividad y no le dieron bola"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El fiscal Civil, Comercial, del Trabajo y en lo Contencioso Administrativo N\u00ba 1, Rodrigo Erazo Schmidt, present\u00f3 una nueva medida cautelar contra la firma Luaju SRL. La firma carece de Certificado de Aptitud Ambiental y autorizaci\u00f3n legal. Se detectaron metales pesados en los efluentes vertidos. Adem\u00e1s, emplea agua para uso industrial sin autorizaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El fiscal Civil, Comercial, del Trabajo y en lo Contencioso Administrativo N\u00ba 1, Rodrigo Erazo Schmidt, present\u00f3 una nueva medida cautelar para la suspensi\u00f3n provisoria de la actividad industrial que realiza la firma Lauju SRL (ex Jamo) en Atocha, municipio de San Lorenzo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Entre los argumentos brindados en el escrito -que fue remitido al juez de C\u00e1mara Marcelo Dom\u00ednguez- el fiscal se\u00f1ala que la actividad industrial de curtido de cuero que realiza Luaju no cuenta con Certificado de Aptitud Ambiental ni autorizaci\u00f3n legal alguna de organismo administrativo con competencia en materia ambiental.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El pedido de medida cautelar fue formulado en estricto cumplimiento del deber legal de intervenir en defensa del medio ambiente y de los intereses generales de la sociedad, ante las evidentes pruebas de que Luaju desarrolla una actividad altamente contaminante de manera ilegal, pues la realiza sin \u201clicencia ambiental\u201d, es decir, sin autorizaci\u00f3n emitida por la autoridad ambiental competente.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El Ministerio P\u00fablico Fiscal ya hab\u00eda solicitado en dos oportunidades anteriores la suspensi\u00f3n de las actividades de la firma, la \u00faltima el 22 de junio pasado. Como resultado del proceso, el juez de la Sala III de la C\u00e1mara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, Marcelo Dom\u00ednguez, dispuso su comunicaci\u00f3n al Registro de Procesos Colectivos de la Corte de Justicia de Salta y orden\u00f3 que la demandada presente en el plazo de 10 d\u00edas un informe circunstanciado, aportando todas las pruebas que estime pertinentes en sustento de sus derechos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Cumplido el plazo, el viernes pasado se celebr\u00f3 una audiencia -convocada por el Poder Judicial- a la que asistieron la empresa y la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Provincia de Salta en la que qued\u00f3 claro que \u201cla demandada no s\u00f3lo no cuenta con Certificado de Aptitud Ambiental ni con autorizaci\u00f3n legal alguna de organismo administrativo con competencia ambiental que le otorgue licencia para el desarrollo de su actividad industrial, sino que reci\u00e9n inici\u00f3 el procedimiento para la Evaluaci\u00f3n de Impacto Ambiental, que podr\u00e1 culminar o no con la expedici\u00f3n de dicha licencia\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En este punto es importante aclarar que Luaju inici\u00f3 el procedimiento mediante la presentaci\u00f3n de un Estudio de Impacto Ambiental (luego de iniciado el proceso), cuando lo que la Secretar\u00eda de Industria la intim\u00f3 a presentar, en marzo de 2020, era una Auditor\u00eda Ambiental y un Plan de Gesti\u00f3n Ambiental con requisitos espec\u00edficamente determinados (el Estudio de Impacto Ambiental es predictivo y preventivo, es decir se realiza para evaluar los efectos potenciales que se pueden producir por una nueva instalaci\u00f3n, no se realiza sobre instalaciones ya existentes).<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Respecto a la presencia de metales pesados (sulfato de cromo, manganeso y cobre) en los efluentes vertidos por la curtiembre Lauju \u2013 que fueron detectados por Departamento T\u00e9cnico Cient\u00edfico del \u00c1rea Ambiente del CIF- los representantes de Luaju aseguraron durante la audiencia informativa que \u201cpara el curtido de cuero utiliza \u00fanicamente extracto de quebracho (tanino), que se trata de un m\u00e9todo de curtido vegetal, sin uso de sulfato de cromo\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">M\u00e1s all\u00e1 de las pruebas qu\u00edmicas realizadas que demuestran la presencia de metales pesados, los investigadores del Cuerpo de Investigadores Fiscales encontraron en el lugar bolsas conteniendo sulfato de cromo. Seg\u00fan Luaju, se trata de \u201cmuestras\u201d enviadas por una empresa qu\u00edmica y que su presencia en los efluentes podr\u00eda provenir de alg\u00fan residuo o estar dentro de otros compuestos que se utilicen el proceso.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por otra parte, destac\u00f3 el fiscal Erazo Schmidt, Luaju emplea agua para uso industrial sin autorizaci\u00f3n de la Secretar\u00eda de Recursos H\u00eddricos. Tampoco obtuvo el \u201ccertificado de uso no conforme\u201d de la Municipalidad de San Lorenzo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Desde 2009<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La causa contra la curtiembre Luaju tuvo su origen en 2009, cuando por noticia criminis se inici\u00f3 una investigaci\u00f3n de la curtiembre por olores nauseabundos. Diez a\u00f1os m\u00e1s tarde, y previo a su archivo, se solicit\u00f3 a los especialistas ambientales del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), que hicieran una inspecci\u00f3n al lugar. All\u00ed pudieron corroborar que, pese al tiempo transcurrido, nada hab\u00eda cambiado por lo que se tomaron muestras y se se\u00f1alaron las irregularidades en las que incurr\u00eda la empresa a nivel administrativo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El MPF inst\u00f3 a la Secretar\u00eda de Ambiente de la provincia a ejercer sus funciones de control, por lo que se intim\u00f3 a la empresa a presentar el Certificado de Aptitud Ambiental y la certificaci\u00f3n del tratamiento de efluentes.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Ante la falta de respuestas, el 8 de junio 2021, la Procuraci\u00f3n General de la Provincia promovi\u00f3 una acci\u00f3n de amparo ambiental colectiva contra la curtiembre de Atocha. El juez Dom\u00ednguez rechaz\u00f3 la cautelar.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Luego de que el Departamento T\u00e9cnico Cient\u00edfico del \u00c1rea Ambiente del CIF constatara que \u201cel valor obtenido para el par\u00e1metro de DQO supera ampliamente lo establecido en la normativa legal\u201d, el 22 de junio Erazo Schmidt volvi\u00f3 a solicitar al Juzgado Civil y Comercial la suspensi\u00f3n provisoria de la actividad industrial que realiza la firma, siendo nuevamente rechazada.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El viernes 6 de julio se celebr\u00f3 la audiencia informativa.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El fiscal Civil, Comercial, del Trabajo y en lo Contencioso Administrativo N\u00ba 1, Rodrigo Erazo Schmidt, present\u00f3 una nueva medida cautelar contra la firma Luaju SRL. La firma carece de Certificado de Aptitud Ambiental y autorizaci\u00f3n legal. Se detectaron metales pesados en los efluentes vertidos. 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