{"id":31587,"date":"2021-12-10T13:25:41","date_gmt":"2021-12-10T16:25:41","guid":{"rendered":"https:\/\/www.todoeldia.com\/?p=31587"},"modified":"2021-12-10T13:25:42","modified_gmt":"2021-12-10T16:25:42","slug":"el-bochornoso-juramento-de-los-diputados-por-eduardo-menem","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.todoeldia.com\/index.php\/2021\/12\/10\/el-bochornoso-juramento-de-los-diputados-por-eduardo-menem\/","title":{"rendered":"El bochornoso juramento de los diputados. Por Eduardo Menem"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Los legisladores se apartaron del contenido taxativamente establecido en el art\u00edculo 10 del Reglamento de la C\u00e1mara<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En la sesi\u00f3n de la C\u00e1mara de Diputados del d\u00eda 7 de diciembre pasado prestaron juramento los diputados electos en las \u00faltimas elecciones generales para renovar los integrantes de las C\u00e1maras que integran el Congreso de la Naci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Si bien no es la primera vez que ocurre, corresponde se\u00f1alar el bochornoso espect\u00e1culo que dieron algunos diputados, al apartarse del contenido taxativamente establecido en el art\u00edculo 10 del Reglamento de la C\u00e1mara de Diputados, sobre las f\u00f3rmulas de juramento requeridas para su ingreso en la misma.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El juramento de los legisladores nacionales es un acto formal, solemne y obligatorio establecido por el art\u00edculo 67 de la Constituci\u00f3n Nacional y regulado por los Reglamentos de ambas C\u00e1maras del Congreso de la Naci\u00f3n, que determinan expresamente las distintas f\u00f3rmulas de juramento por las que pueden optar los diputados y senadores para acceder a los cargos para los que han sido elegidos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La precisi\u00f3n con que los Reglamentos definen de las f\u00f3rmulas de juramento de los legisladores le otorga al acto una formalidad que se debe cumplir estrictamente y la ceremonia que se realiza para recibir el juramento, en la cual el Presidente de la C\u00e1mara lo requiere en voz alta el juramento por la f\u00f3rmula elegida por el legislador, poni\u00e9ndose de pie todos los concurrentes, le confieren a la ceremonia el car\u00e1cter de solemnidad acorde con la importancia que tiene la incorporaci\u00f3n al cuerpo de un representante elegido por la ciudadan\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por otra parte la obligatoriedad del juramento surge de la norma constitucional antes citada que establece en forma imperativa el cumplimiento de ese requisito para que el legislador pueda incorporarse a la C\u00e1mara y ocupar una banca. Si por cualquier raz\u00f3n el legislador electo se niega a prestar el juramento o de hacerlo de acuerdo a alguna de las f\u00f3rmulas consignadas en el Reglamento, no adquiere legalmente el car\u00e1cter de legislador en ejercicio. En este caso debe convocarse al suplente para que asuma el cargo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">De lo expresado surge la importancia del acto de juramento y la improcedencia de que se incluyan en la f\u00f3rmula expresiones de otro car\u00e1cter, ajenas a la trascendencia y a la finalidad del mismo. Por ese motivo, los agregados e invocaciones expresadas por algunos diputados, tales como: \u201cechar al FMI de Argentina y de Am\u00e9rica Latina y desconocer la deuda fraudulenta\u201d, \u201cpor la revoluci\u00f3n de los oprimidos\u201d, \u201cque se respeten derechos de los consumidores y cultivadores de marihuana\u201d, \u201cpor los 30.000 detenidos desaparecidos\u201d o \u201cpor los pueblos que enfrentan la destrucci\u00f3n del planeta\u201d, entre otras, no solamente son inapropiadas, al menos en esas circunstancias, sino que significan una falta de respeto a la instituci\u00f3n a la que se van a integrar.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Los Presidentes de las C\u00e1maras tienen las facultades necesarias para terminar con esta pr\u00e1ctica nociva, ya sea ordenando que esas expresiones no sean tenidas en cuenta para el diario de sesiones o realizando los tr\u00e1mites de rigor para que sean testadas. Cabe se\u00f1alar en ese sentido que existe el precedente, citado por Guillermo Schinelli de lo ocurrido el 29\/11\/89, cuando un diputado incluy\u00f3 en su juramento que tambi\u00e9n lo hac\u00eda por \u201cla clase obrera y su lucha por constituir una sociedad socialista\u201d a lo que el Presidente de la C\u00e1mara le expres\u00f3 que ya se hab\u00eda optado por una de las frases (f\u00f3rmulas) reglamentarias y que su juramento hab\u00eda concluido con la misma.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Si no se termina de ra\u00edz con esa pr\u00e1ctica aberrante, podr\u00e1 llegar el caso de que a un legislador se le ocurra pronunciar un largo discurso, sobre cualquier cosa que se le venga a la mente, antes de decir \u201cSi juro\u201d. Los que optan por ese tipo de conductas, a veces para hacerse notar, no solo violan el Reglamento e incurren en una falta de respeto a la instituci\u00f3n legislativa, sino que parecen olvidar que dispondr\u00e1n de 4 a\u00f1os para expresar desde sus bancas, todo lo que indebidamente incluyen en su juramento.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Los legisladores se apartaron del contenido taxativamente establecido en el art\u00edculo 10 del Reglamento de la C\u00e1mara En la sesi\u00f3n de la C\u00e1mara de Diputados del d\u00eda 7 de diciembre pasado prestaron juramento los diputados electos en las \u00faltimas elecciones generales para renovar los integrantes de las C\u00e1maras que integran el Congreso de la Naci\u00f3n. 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