{"id":41319,"date":"2022-06-29T15:11:37","date_gmt":"2022-06-29T18:11:37","guid":{"rendered":"https:\/\/www.todoeldia.com\/?p=41319"},"modified":"2022-06-29T15:11:38","modified_gmt":"2022-06-29T18:11:38","slug":"caso-palomo-la-fiscalia-solicito-quince-anos-de-prision-para-caro-y-bonifacio","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.todoeldia.com\/index.php\/2022\/06\/29\/caso-palomo-la-fiscalia-solicito-quince-anos-de-prision-para-caro-y-bonifacio\/","title":{"rendered":"Caso Palomo: la fiscal\u00eda solicit\u00f3 quince a\u00f1os de prisi\u00f3n para Caro y Bonifacio"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En el Sal\u00f3n de Grandes Juicios se desarrolla desde las 9 la audiencia de alegatos en la causa seguida por el homicidio de Sandra Silvia Palomo. La fiscal\u00eda solicit\u00f3 para los imputados Ian Esteban Caro y Ricardo Nahuel Bonifacio (18 y 19 a\u00f1os de edad al momento del hecho) la pena de quince a\u00f1os de prisi\u00f3n efectiva como part\u00edcipes secundarios del delito de homicidio calificado por alevos\u00eda, ensa\u00f1amiento, criminis causa y por mediar violencia de g\u00e9nero (femicidio) agravado por la intervenci\u00f3n de menores de edad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En el caso de los imputados D. R. C y H. E. C. (17 a\u00f1os al momento del hecho), la fiscal\u00eda solicit\u00f3 que ambos sean declarados responsables penales del delito de homicidio agravado por ensa\u00f1amiento, alevos\u00eda, ensa\u00f1amiento, criminis causa y por mediar violencia de g\u00e9nero en calidad de part\u00edcipes secundarios.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En su exposici\u00f3n, los representantes del Ministerio P\u00fablico afirmaron que qued\u00f3 acreditada con grado de certeza la autor\u00eda material del hecho a manos de L. N. C. V. (15 a\u00f1os al momento del hecho). El adolescente fue sobrese\u00eddo por inimputabilidad. Hab\u00eda sido acusado del delito de homicidio calificado por alevos\u00eda, ensa\u00f1amiento criminis causa y por mediar cuesti\u00f3n de g\u00e9nero.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Durante los alegatos, la parte acusadora hizo referencia al testimonio de G. B., amigo de L. N. C. V., a quien el menor le cont\u00f3 \u2013vanaglori\u00e1ndose- todo su plan criminal: robar una \u201cchata\u201d para salir de fiesta. Incluso le mostr\u00f3 las armas que iba a utilizar para lograr su objetivo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u201cLa motivaci\u00f3n de L. N. C. V. puede parecer nimia, pero debemos tener en cuenta que se trata del plan criminal de un joven de quince a\u00f1os\u201d, remarc\u00f3 la fiscal M\u00f3nica Poma, haciendo referencia luego a los rasgos psicop\u00e1ticos, de perversi\u00f3n y a la falta de empat\u00eda que surgieron como caracter\u00edsticas del menor en las pericias psicol\u00f3gicas y juntas m\u00e9dicas que se le realizaron durante estos tres a\u00f1os. \u201cCaracter\u00edsticas que no han cambiado un \u00e1pice\u201d en el tiempo que lleva alojado en el Centro de J\u00f3venes en Conflicto con la Ley Penal, con medidas de seguridad, agreg\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Para el Ministerio P\u00fablico, L. N. C. V. actu\u00f3 con conducta inequ\u00edvoca pues no tuvo intenci\u00f3n de lesionar si no de matar.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Con respecto a los cuatro imputados que llegaron a juicio, la fiscal\u00eda consider\u00f3 que, aunque en sus versiones se posicionan como \u201cmeros testigos\u201d, su conducta fue colaborativa y no \u201cun mero estar presentes\u201d en el momento y en el lugar equivocados por \u201cmala suerte\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u201cLos cuatro imputados tuvieron la oportunidad de frenar su intervenci\u00f3n y no lo hicieron\u201d, manifest\u00f3 la fiscal, y afirm\u00f3 que actuaron de una forma aunque sea m\u00ednimamente planificada para consumar el hecho.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Sobre el agravante \u201ccriminis causa\u201d, sostuvo que el homicidio se ejecut\u00f3 para ocultar otro delito: la sustracci\u00f3n de la camioneta.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El accionar del homicida de L. N. C. V. y la colaboraci\u00f3n secundaria de los otros acusados se orient\u00f3 a asegurar ese objetivo (robo). Para la fiscal\u00eda, Caro, Bonifacio, D. R. C y H. E. C. ten\u00edan conocimiento y aceptaci\u00f3n de la forma en que se iba a concretar el il\u00edcito.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u201cTodos sab\u00edan que se estaban deshaciendo de un cuerpo\u201d, \u201cefectuaron tareas para ocultar el hecho y eliminaron indicios incriminadores, independientemente de qui\u00e9n tom\u00f3 los pies de la v\u00edctima\u201d para sacarla de la caja, consider\u00f3 la parte acusadora. Adem\u00e1s, subray\u00f3 que todo ocurri\u00f3 a lo largo de varias horas y no intentaron bajarse de la camioneta ni dar aviso de lo ocurrido. \u201cNo demostraron miedo ni afectaci\u00f3n alguna\u201d, expres\u00f3 la fiscal.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Luego repas\u00f3 la conducta de los imputados tras deshacerse del cuerpo: se repartieron el dinero de la v\u00edctima y compraron bebidas y cigarrillos; se quedaron con parte de la mercader\u00eda que hab\u00eda comprado Palomo; intentaron conectar sus dispositivos para escuchar m\u00fasica dentro de la camioneta; dos se fueron a una fiesta y otros dos pasaron la noche viendo pel\u00edculas y googlearon para averiguar qu\u00e9 pena le corresponde a un c\u00f3mplice de femicidio.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">&nbsp;\u201cEstaban paseando, de gira, pas\u00e1ndola bien\u201d, manifest\u00f3 la fiscal.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Hizo alusi\u00f3n a la actitud de D. R. C y H. E. C. de presentarse en sede policial al d\u00eda siguiente del homicidio, a dar una versi\u00f3n falsa de lo ocurrido. Sostuvo que no fue una muestra de arrepentimiento sino una estrategia evasiva.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Acerca del agravante del ensa\u00f1amiento, la fiscal\u00eda se\u00f1al\u00f3 las \u201ccasi treinta lesiones\u201d que presentaba el cuerpo de la v\u00edctima. \u201cEl autor tuvo como objetivo provocarle sufrimiento excesivo\u201d \u2013indic\u00f3. Y consider\u00f3 que los otros acusados \u201cten\u00edan conocimiento de que se hab\u00eda cometido un hecho brutal\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En relaci\u00f3n a la alevos\u00eda, la fiscal\u00eda afirm\u00f3 que los imputados sab\u00edan que la sustracci\u00f3n de la camioneta hab\u00eda sido planificada. Y que el autor busc\u00f3 actuar sobre seguro escogiendo como v\u00edctima a una mujer vulnerable.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Sobre el agravante de la violencia de g\u00e9nero, el Ministerio P\u00fablico explic\u00f3 que debe aplicarse porque L. N. C. V. eligi\u00f3 darle muerte violenta a una mujer. Entendi\u00f3 que iba a ser m\u00e1s f\u00e1cil cumplir su objetivo apuntando a una se\u00f1ora d\u00f3cil, pac\u00edfica y vulnerable, caracter\u00edsticas que distingu\u00edan a Sandra Palomo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Sobre la ampliaci\u00f3n de la acusaci\u00f3n -solicitada durante el juicio- por la intervenci\u00f3n de menores de edad, se\u00f1al\u00f3 que resulta plenamente aplicable al caso.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Finalmente, la fiscal remarc\u00f3 que la declaraci\u00f3n brindada por L. N. C. V. como testigo durante la audiencia \u201cno fue inocua\u201d. La representante del Ministerio P\u00fablico pidi\u00f3 que se remitan copias a la fiscal\u00eda de turno por la posible comisi\u00f3n del delito de falso testimonio. Solicit\u00f3 lo mismo en el caso de la declaraci\u00f3n de la testigo C. L., pareja del imputado D. R. C.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">A su turno, la parte querellante solicit\u00f3 quince a\u00f1os de prisi\u00f3n para los imputados Ian Esteban Caro y Ricardo Nahuel&nbsp; Bonifacio, como part\u00edcipes secundarios de homicidio agravado. En el caso de H. E. C. y D. R. C., pidi\u00f3 que se declare al primero penalmente responsable del delito de homicidio agravado en calidad de coautor y, al segundo, penalmente responsable en calidad de part\u00edcipe primario.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Las instancias finales son transmitidas en vivo por el canal del Poder Judicial de Salta en Youtube.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La audiencia se realiza con tribunal colegiado integrado por los jueces Norma Beatriz Vera (presidenta), Roberto Lezcano y Maximiliano Troyano (vocales).<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En el Sal\u00f3n de Grandes Juicios se desarrolla desde las 9 la audiencia de alegatos en la causa seguida por el homicidio de Sandra Silvia Palomo. 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