{"id":44363,"date":"2022-08-24T14:24:23","date_gmt":"2022-08-24T17:24:23","guid":{"rendered":"https:\/\/www.todoeldia.com\/?p=44363"},"modified":"2022-08-24T14:24:24","modified_gmt":"2022-08-24T17:24:24","slug":"condenaron-a-una-cabo-de-la-gendarmeria-nacional-de-aguaray-por-vejaciones-a-una-pasajera","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.todoeldia.com\/index.php\/2022\/08\/24\/condenaron-a-una-cabo-de-la-gendarmeria-nacional-de-aguaray-por-vejaciones-a-una-pasajera\/","title":{"rendered":"Condenaron a una cabo de la Gendarmer\u00eda Nacional de Aguaray por vejaciones a una pasajera"},"content":{"rendered":"\n<p>El hecho ocurri\u00f3 en mayo del a\u00f1o pasado, cuando la v\u00edctima -que viajaba en remis junto a dos ni\u00f1os- fue requisada dentro de una casilla, en un puesto de control ubicado en la ruta 34. El tribunal consider\u00f3 que en el caso hubo violencia de g\u00e9nero y llam\u00f3 a reforzar los controles sobre las fuerzas de seguridad.<\/p>\n\n\n\n<p>El Tribunal Oral Federal N\u00b01 de Salta, integrado por los jueces Federico Santiago D\u00edaz (presidente) y Mario Marcelo Ju\u00e1rez Almaraz y la jueza Marta Liliana Snopek, conden\u00f3 a la cabo de la Gendarmer\u00eda Nacional Noelia Stefani S\u00e1nchez a la pena de un a\u00f1o de prisi\u00f3n en suspenso por el delito de vejaciones, en calidad de autora.<\/p>\n\n\n\n<p>La sentencia, dictada el 17 de agosto pasado, tambi\u00e9n incluy\u00f3 la pena de inhabilitaci\u00f3n por dos a\u00f1os para el ejercicio de cargos p\u00fablicos. El debate, desarrollado a lo largo de todo el mes, fue consecuencia de una investigaci\u00f3n penal iniciada por la Unidad Fiscal Descentralizada de Or\u00e1n, a cargo del fiscal federal Jos\u00e9 Luis Bruno.<\/p>\n\n\n\n<p>En calidad de querellante, en tanto, actu\u00f3 el titular de Defensor\u00eda P\u00fablica de V\u00edctimas, Nicol\u00e1s Escandar, quien adhiri\u00f3 a la hip\u00f3tesis acusatoria y profundiz\u00f3 en aspectos relacionados a la afectaci\u00f3n que el hecho caus\u00f3 en la denunciante.<\/p>\n\n\n\n<p>Durante el juicio, el tribunal escuch\u00f3 diversos testimonios, tanto de la v\u00edctima como el de gendarmes del Escuadr\u00f3n 61 (al que pertenec\u00eda la acusada), empleados de Rentas del puesto de control y peritos, como tambi\u00e9n se examin\u00f3 la prueba documental del caso.<\/p>\n\n\n\n<p>En el juicio qued\u00f3 acreditado que la gendarme le orden\u00f3 a la mujer desvestirse por completo, tras lo cual la hizo hacer cinco sentadillas, para posteriormente exigirle otra serie de flexiones de brazos.<\/p>\n\n\n\n<p>En su alegato, el fiscal Bruno repas\u00f3 el hecho y expuso las pruebas sobre la responsabilidad penal de S\u00e1nchez en el episodio ocurrido el 2 de mayo del 2021, en horas del mediod\u00eda, cuando la v\u00edctima, junto a un hermano menor y un sobrino de 2 a\u00f1os, fueron detenidos en el puesto Arenales, ubicado en la ruta 34 entre las localidades de Salvador Mazza y Aguaray, en el norte de la provincia.<\/p>\n\n\n\n<p>Explic\u00f3 que la v\u00edctima viajaba en un remis para visitar a una amiga y que lo hac\u00eda junto a un hermano menor y un sobrino de dos a\u00f1os, munida de la documentaci\u00f3n legal requerida respecto a los ni\u00f1os, tales como la autorizaci\u00f3n de los padres y permisos de circulaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Rese\u00f1\u00f3 que, al llegar al puesto, los gendarmes detuvieron el remis que se dirig\u00eda a Aguaray. Indic\u00f3 que el chofer fue controlado por un uniformado masculino, mientras que S\u00e1nchez requiso a la v\u00edctima, a quien le pidi\u00f3 que subiera a una casilla ubicada en el lugar para un cacheo preventivo.<\/p>\n\n\n\n<p>El fiscal sostuvo que all\u00ed se produjo un procedimiento fuera de todo protocolo y abiertamente vejatorio. Puntualiz\u00f3 que la gendarme primero rechaz\u00f3 que la v\u00edctima subiera con su sobrino, quien qued\u00f3 en brazos de su hermano al costado de la ruta, y que incluso se lo impidi\u00f3 cuando escuch\u00f3 llorar al peque\u00f1o e intent\u00f3 ir a verlo.<\/p>\n\n\n\n<p>El fiscal remarc\u00f3 que, lejos de ello, la cabo le orden\u00f3 a la mujer desvestirse por completo, tras lo cual la hizo hacer cinco sentadillas, para posteriormente exigirle otra serie de flexiones de brazos, lo que fue muy dif\u00edcil para la pasajera, quien padece lesiones derivadas de un accidente.<\/p>\n\n\n\n<p>En ese contexto, explic\u00f3 el fiscal, la mujer sufri\u00f3 un episodio de crisis asm\u00e1tica, cuadro que padece y por el cual siempre lleva consigo un puf de salbutamol, remedio que tampoco pudo tomar.<\/p>\n\n\n\n<p>El trato vejatorio, agreg\u00f3 el representante del MPF, tuvo un episodio m\u00e1s, cuando la cabo -una vez culminada la requisa- se acerc\u00f3 a la mujer y, tras darle una palmada en las nalgas, le dijo: \u201cYa est\u00e1 mamita, cambiate nom\u00e1s, tranquila\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Finalizado el control, la v\u00edctima bajo visiblemente molesta de la casilla y anunci\u00f3 que radicar\u00eda la denuncia del caso, ante lo cual la gendarme y sus compa\u00f1eros labraron un acta, con la cual intentaron justificar su accionar, en especial los dichos de la mujer de que los denunciar\u00eda y que estaba molesta. Ese documento no prosper\u00f3 en raz\u00f3n de que presentaba evidentes irregularidades que salieron a luz en el debate.<\/p>\n\n\n\n<p>El tribunal destac\u00f3 la actitud intimidatoria ejercida por la gendarme al obligar a la damnificada hacer las flexiones de brazos, pues en ese momento \u201cse toc\u00f3 de manera sugestiva el arma reglamentaria\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Credibilidad<\/p>\n\n\n\n<p>En sus argumentos, el fiscal Bruno afirm\u00f3 que \u201ctodo sucedi\u00f3 como la v\u00edctima lo denunci\u00f3, lo cual surge no s\u00f3lo de la simple exposici\u00f3n de su relato, sino que encuentra sustento en lo vertido por los testigos, los que describieron los movimientos y el estado de la pasajera, desde que lleg\u00f3 al control hasta que se march\u00f3\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>A\u00f1adi\u00f3 que qued\u00f3 probado que en ese momento la v\u00edctima aport\u00f3 toda la documentaci\u00f3n de las personas menores de edad y que no hab\u00eda nada anormal al respecto. Los testimonios, tanto del remisero como de los empleados del \u00e1rea de Rentas que vieron a la mujer en el control, como tambi\u00e9n de otros amigos que tuvieron contacto con ella luego del episodio, coincidieron con lo denunciado.<\/p>\n\n\n\n<p>El juicio puso en evidencia, a su vez, la maniobra intentada por la acusada y su superior inmediato \u2013a quien se investiga en un sumario interno de la fuerza de seguridad-, al consignar declaraciones de una empleada de Rentas que asegur\u00f3 haber visto molesta a la v\u00edctima, mientras otras dos trabajadoras de la misma repartici\u00f3n declararon que la testigo nunca estuvo en el control el d\u00eda del hecho.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cLa prueba producida da credibilidad a los dichos de la v\u00edctima, quien result\u00f3 bastante afectada por el trato vejatorio sufrido\u201d, asegur\u00f3 el fiscal en su pedido de culpabilidad para S\u00e1nchez. El planteo fue reforzado por el querellante, quien se pronunci\u00f3 por un fallo con perspectiva de g\u00e9nero, pues consider\u00f3 que el delito tiene una \u00edntima relaci\u00f3n con la condici\u00f3n de mujer de la afectada.<\/p>\n\n\n\n<p>Fundamentos del tribunal<\/p>\n\n\n\n<p>Los argumentos expuestos, tanto por la fiscal\u00eda como por la querella, convencieron de manera un\u00e1nime al tribunal, que decidi\u00f3 declarar a S\u00e1nchez penalmente responsable del delito de vejaciones, un delito que consideraron denigrante y humillante, violatorio de los derechos humanos.<\/p>\n\n\n\n<p>Aunque el caso se reduc\u00eda a la palabra de \u201cuna contra la otra\u201d, los jueces concluyeron que la versi\u00f3n \u201cde la afectada tiene mayor relevancia, pues se coteja con el material probatorio producido, sin que haya visu de incongruencias\u201d.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El hecho ocurri\u00f3 en mayo del a\u00f1o pasado, cuando la v\u00edctima -que viajaba en remis junto a dos ni\u00f1os- fue requisada dentro de una casilla, en un puesto de control ubicado en la ruta 34. 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