{"id":51172,"date":"2023-01-10T12:54:03","date_gmt":"2023-01-10T15:54:03","guid":{"rendered":"https:\/\/www.todoeldia.com\/?p=51172"},"modified":"2023-01-10T12:54:05","modified_gmt":"2023-01-10T15:54:05","slug":"procesaron-al-ex-guardia-carcel-vicente-puppi-por-su-participacion-en-la-masacre-de-palomitas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.todoeldia.com\/index.php\/2023\/01\/10\/procesaron-al-ex-guardia-carcel-vicente-puppi-por-su-participacion-en-la-masacre-de-palomitas\/","title":{"rendered":"Procesaron al ex guardia c\u00e1rcel Vicente Puppi por su participaci\u00f3n en la masacre de Palomitas"},"content":{"rendered":"\n<p>El imputado cumpl\u00eda tareas en la Unidad Penal de Villa Las Rosas. Seg\u00fan la fiscal\u00eda, el acusado colabor\u00f3 activamente en el operativo que culmin\u00f3 con los homicidios de once presos pol\u00edticos en un procedimiento fraguado, el 6 de julio de 1976.<\/p>\n\n\n\n<p>El juez federal de Garant\u00edas N\u00b01 de Salta, Julio Bavio, proces\u00f3 con prisi\u00f3n preventiva al ex guardia c\u00e1rcel Vicente Agust\u00edn Puppi como part\u00edcipe secundario del delito de vej\u00e1menes agravados por el uso de violencia, en perjuicio de once presos pol\u00edticos que estaban alojados en la Unidad Penal de Villa Las Rosas y que fueron asesinados, el 6 de julio de 1976, en la denominada \u201cMasacre de Palomitas\u201d. Asimismo, trab\u00f3 embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de $1.500.000. En la investigaci\u00f3n del caso interviene el \u00c1rea de Derechos Humanos de la Unidad Fiscal Federal de Salta, a cargo del fiscal general Carlos Mart\u00edn Amad.<\/p>\n\n\n\n<p>En la sentencia, dada a conocer el 29 de diciembre pasado, el magistrado orden\u00f3 que contin\u00fae la investigaci\u00f3n respecto del ex militar Luis Dubois y del ex guardia c\u00e1rcel Juan Salvador Sanguino, por su presunta responsabilidad en el mismo hecho.<\/p>\n\n\n\n<p>La investigaci\u00f3n es un desprendimiento de otro expediente denominado \u201cPalomitas II\u201d, y el procesamiento de Puppi -quien se desempe\u00f1aba en el Servicio Penitenciario de la Provincia de Salta- se da en el marco de la investigaci\u00f3n complementaria desarrollada por la fiscal\u00eda en base a las declaraciones brindadas por testigos en el juicio por la \u201cMasacre de Palomitas\u201d, ocurrida el 6 de julio de 1976.<\/p>\n\n\n\n<p>Aquel d\u00eda, grupos militares retiraron a seis hombres y cinco mujeres que estaban detenidas ilegalmente en la Unidad Penal de Villa Las Rosas para trasladarlas hasta el Paraje Las Pichanas, en la localidad salte\u00f1a de Palomitas, donde fueron asesinadas en un procedimiento fraguado para simular un enfrentamiento con un grupo de guerrilleros. Este hecho form\u00f3 parte de la acusaci\u00f3n formulada en el Juicio a las Juntas en 1985.<\/p>\n\n\n\n<p>En base a las pruebas reunidas, el juez Bavio concluy\u00f3 que Puppi cumpli\u00f3 tareas activas en la entrega de las once personas presas que, seg\u00fan la versi\u00f3n de los militares, deb\u00edan ser trasladados a la provincia de C\u00f3rdoba, pero que luego murieron en una supuesta emboscada con un grupo subversivo que hab\u00eda intentado liberarlas.<\/p>\n\n\n\n<p>Para dejar en claro la participaci\u00f3n de Puppi, el magistrado remarc\u00f3 el contenido de su legajo, el que indicaba que prest\u00f3 servicio en el penal de Villas Las Rosas desde enero de 1976 y por un a\u00f1o, tiempo en que se desempe\u00f1\u00f3 con el grado de auxiliar en la Unidad Carcelaria N\u00b01, de hombres. Asimismo, en su indagatoria, el imputado indic\u00f3 que, la noche del hecho, estuvo presente en el penal, pero en el pabell\u00f3n de presos comunes y no intervino en nada vinculado con los detenidos a disposici\u00f3n del Poder Ejecutivo Nacional.<\/p>\n\n\n\n<p>Sin embargo, la coartada de Puppi fue desechada. Ello, por cuanto distintos testigos que estaban detenidos en la misma condici\u00f3n de los que resultaron asesinados, reconocieron a Puppi como uno de los celadores que colabor\u00f3 con la entrega de los presos pol\u00edticos asesinados luego en Palomitas. Tambi\u00e9n, el superior inmediato del acusado asever\u00f3 que Puppi colabor\u00f3 al momento de subir los presos al cami\u00f3n de la \u201ccomitiva\u201d militar que lleg\u00f3 al penal esa noche.<\/p>\n\n\n\n<p>Calificaci\u00f3n<\/p>\n\n\n\n<p>Al resolver la responsabilidad penal, el juez sostuvo que el accionar de Puppi \u201cno debe ser analizado desde un punto de vista estrictamente causal, como contribuci\u00f3n f\u00e1ctica al resultado, toda vez que la cooperaci\u00f3n debe ser dolosa. Es decir, el c\u00f3mplice debe saber que presta un aporte a la ejecuci\u00f3n de un hecho punible\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>En base a ello, se\u00f1al\u00f3 que Puppi \u201cobr\u00f3 con el dolo de c\u00f3mplice de acuerdo al conocimiento que tuvo de colaborar en un traslado de detenidos que fue absolutamente vejatorio a la dignidad de las personas, por lo que, su participaci\u00f3n queda delimitada en funci\u00f3n a lo que \u00e9l positivamente conoc\u00eda\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>En otro tramo, y basado en declaraciones testimoniales y prueba documental, el magistrado destac\u00f3 que el imputado realizaba tareas en el pabell\u00f3n de presos pol\u00edticos, lo que afirma su participaci\u00f3n en el hecho imputado.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cA la luz de tales evidencias, cabe concluir que Puppi particip\u00f3 en la faz operativa brindando un auxilio a los militares que fueron a buscar a los detenidos\u201d, tarea que consisti\u00f3 en el traslado de los presos, desde su celda, a los veh\u00edculos en los que fueron trasportados, lo que fue admitido, incluso, por un oficial superior del acusado.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cQuiere decir, entonces, que se encuentra acreditado que Puppi recibi\u00f3 la orden, brindando un auxilio al tiempo del retiro de los presos, el que se llev\u00f3 a cabo de una manera vejatoria afectando la dignidad de las personas\u201d, agreg\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<p>Sobre el grado de participaci\u00f3n, en tanto, el juez cit\u00f3 variada jurisprudencia y concluy\u00f3 en que \u201cel aporte\u201d del imputado \u201cno aparece como necesario pues habr\u00eda prestado el auxilio por el hecho de que estaba trabajando en esa oportunidad\u201d. En tal sentido, consider\u00f3 que \u201cpor ello, cabe inclinarse por considerar que el imputado reviste el car\u00e1cter de c\u00f3mplice secundario en relaci\u00f3n a delito de vejaciones agravado por el uso de violencia\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>En esta causa, cabe mencionar, tambi\u00e9n fueron indagados los ex coroneles del Ej\u00e9rcito, Joaqu\u00edn Cornejo Alem\u00e1n y Ricardo Benjam\u00edn Isidro de la Vega, ambos fallecidos.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El imputado cumpl\u00eda tareas en la Unidad Penal de Villa Las Rosas. Seg\u00fan la fiscal\u00eda, el acusado colabor\u00f3 activamente en el operativo que culmin\u00f3 con los homicidios de once presos pol\u00edticos en un procedimiento fraguado, el 6 de julio de 1976. 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