{"id":64681,"date":"2023-09-12T15:54:39","date_gmt":"2023-09-12T18:54:39","guid":{"rendered":"https:\/\/www.todoeldia.com\/?p=64681"},"modified":"2023-09-12T15:54:43","modified_gmt":"2023-09-12T18:54:43","slug":"por-una-camioneta-defectuosa-fiat-y-fadua-deberan-entregar-una-nueva-y-pagar-5-200-000","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.todoeldia.com\/index.php\/2023\/09\/12\/por-una-camioneta-defectuosa-fiat-y-fadua-deberan-entregar-una-nueva-y-pagar-5-200-000\/","title":{"rendered":"Por una camioneta defectuosa Fiat y Fadua deber\u00e1n entregar una nueva y pagar $ 5.200.000"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La Sala Segunda de la C\u00e1mara de Apelaciones en lo Civil y Comercial confirm\u00f3 la sentencia que conden\u00f3 en forma solidaria a una automotriz y a la concesionaria local a entregar un veh\u00edculo 0 KM que reemplace el defectuoso, pero adem\u00e1s deber\u00e1n pagarle al cliente 200 mil pesos en concepto de da\u00f1o moral incluyendo intereses y 5 millones de pesos en concepto de da\u00f1o punitivo, tambi\u00e9n con intereses en caso de falta de pago.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La causa comenz\u00f3 cuando un hombre adquiri\u00f3 v\u00eda plan de ahorro una camioneta que a poco de andar comenz\u00f3 a sufrir fallas t\u00e9cnicas por lo que en varias ocasiones concurri\u00f3 al servicio t\u00e9cnico formulando reclamos por escrito que no fueron respondidos por lo que realiz\u00f3 la denuncia ante la Secretar\u00eda del Consumidor y sin haber conseguido nada inici\u00f3 la acci\u00f3n judicial.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El peregrinar del hombre incluy\u00f3 trece \u00f3rdenes de reparaci\u00f3n entre el 4 de agosto de 2017 y el 18 de diciembre de 2019.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La automotriz y la concesionaria local plantearon el recurso de apelaci\u00f3n contra la sentencia de primera instancia, raz\u00f3n por la cual la causa lleg\u00f3 a la Sala II de la C\u00e1mara de Apelaciones en lo Civil y Comercial.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Ped\u00edan la nulidad de la sentencia de primera instancia negando la existencia de la falla en el veh\u00edculo en cuesti\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La jueza Ver\u00f3nica G\u00f3mez Naar y el juez Leonardo Rub\u00e9n Aranibar, vocales de la Sala II de la C\u00e1mara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, recordaron que el reconocimiento de los derechos de los consumidores resulta una derivaci\u00f3n del principio de protecci\u00f3n a la parte contractual m\u00e1s d\u00e9bil.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Sobre el planteo de nulidad de la empresa automotriz recordaron que no procede cuando la cuesti\u00f3n puede ser subsanada a trav\u00e9s de la apelaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Las partes demandadas no aportaron \u201cprueba alguna para desvirtuar eficazmente la presunci\u00f3n de que existi\u00f3 en el caso un contrato de consumo en el que el destino del automotor adquirido fue para uso eminentemente personal o familiar del demandante.\u201d<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Consideraron acertada la decisi\u00f3n de tener por consumidor al demandante y calificar como contrato de consumo la compraventa celebrada.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Recordaron adem\u00e1s que los problemas generados por el sistema de regeneraci\u00f3n de part\u00edculas\/DPF en la camioneta \u201cque fueron comprobados en este juicio y que condujeron a la campa\u00f1a de \u2018recall\u2019 y al retiro del modelo del mercado &#8211; han provocado la promoci\u00f3n de similares demandas judiciales\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Seguidamente analizaron la modalidad de los c\u00edrculos de ahorro previo se\u00f1alando que existe una relaci\u00f3n individual de cada suscriptor con la organizadora o con la concesionaria, en su caso, que se incorpora a una red contractual, integrada por el grupo de ahorristas, y que funciona a trav\u00e9s de la vinculaci\u00f3n de la organizadora con la comercializadora, por un lado, y con la fabricante, por el otro, si bien la organizadora y comercializadora pueden ser la misma persona. Existe un fin com\u00fan que trasciende la individualidad de cada contrato y que fundamenta o constituye la raz\u00f3n de ser del sistema o red contractual que une a todos sus integrantes.\u201d<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u201cLa venta de un automotor por v\u00eda del sistema de plan de ahorro supone siempre la intervenci\u00f3n, no s\u00f3lo de la administradora de los fondos con los cuales habr\u00e1 de ser comprado el rodado, sino tambi\u00e9n de una concesionaria y de un fabricante o productor\u201d, puntualizaron.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Citaron la jurisprudencia de la propia Sala en el sentido que \u201cla venta de automotores por el sistema de \u2018Plan de Ahorro Previo\u2019 supone la necesaria intervenci\u00f3n de tres actores principales; la Administradora de Fondos, la Concesionaria y el Fabricante o Productor\u201d por lo que \u201cel hecho de que la concesionaria forme parte de la organizaci\u00f3n econ\u00f3mica y obtenga beneficios de la misma, hace que quede alcanzada por la expansi\u00f3n de la responsabilidad, de acuerdo a lo establecido por el art\u00edculo 40 de la Ley de Defensa del Consumidor\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u201cLa condena dispuesta por el se\u00f1or Juez de primera instancia, al acoger la demanda y condenar a las demandadas a la sustituci\u00f3n de la camioneta por otro veh\u00edculo de similares caracter\u00edsticas y a la indemnizaci\u00f3n del da\u00f1o moral y da\u00f1o punitivo, se adecua a la pretensi\u00f3n deducida por el demandante\u201d, se\u00f1alaron los jueces.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El hombre que adquiri\u00f3 una camioneta y que impuls\u00f3 la causa \u201cse ha visto inmerso en una situaci\u00f3n de desaz\u00f3n e incertidumbre sobre una operaci\u00f3n de compra de un automotor que normalmente implica erogaciones pecuniarias de relevancia para el adquirente de t\u00e9rmino medio, y con m\u00e1s raz\u00f3n para quien acude a esta forma de financiaci\u00f3n para lograrlo. Tal menoscabo en las afecciones leg\u00edtimas del consumidor tanto como la afectaci\u00f3n de su serenidad -por efecto de las fallas reiteradas del veh\u00edculo 0km adquirido y la necesidad de llevarlo al taller mec\u00e1nico en sucesivas oportunidades sin que se reparen los desperfectos, las posteriores reclamaciones en la Secretar\u00eda de Defensa del Consumidor sin encontrar una soluci\u00f3n al problema como la posterior necesidad de acudir a esta sede judicial- merece ser reparado a trav\u00e9s de una suma de dinero que compense el da\u00f1o ocasionado por el incumplimiento de las empresas responsables.\u201d<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Estimaron en este punto que la suma de 200 mil pesos m\u00e1s los intereses desde la fecha de ocurrido el perjuicio hasta su efectivo paso \u201cno resulta exorbitante ni desproporcionada, sino que, por el contrario, parece adecuada a las circunstancias particulares del caso y a los antecedentes jurisprudenciales de esta Sala en casos semejantes\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Sobre el da\u00f1o punitivo consideraron \u201cacertada la decisi\u00f3n\u201d de primera instancia al condenar a ambas codemandadas a pagarlo \u201chabida cuenta que la reprochabilidad de las conductas adquiere el nivel de gravedad exigido por el instituto. En efecto, las circunstancias que rodean el incumplimiento de la demandada, su actitud posterior pese a conocer los problemas que presentaba el sistema de regeneraci\u00f3n de DPF (Filtro Part\u00edculas Di\u00e9sel) aplicado al modelo de la camioneta, motorizaci\u00f3n Diesel, transmisi\u00f3n manual y los riesgos de accidente de tr\u00e1nsito implicados en el manejo del veh\u00edculo, el trato desaprensivo manifestado al adquirente del automotor en todas las instancias y sedes de discusi\u00f3n, y la enorme cantidad de reclamos judiciales por el mismo problema que era de conocimiento de las demandadas y demuestra la persistencia en el incumplimiento, ameritan acoger el pedido de condena por da\u00f1os punitivos.\u201d<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Sala Segunda de la C\u00e1mara de Apelaciones en lo Civil y Comercial confirm\u00f3 la sentencia que conden\u00f3 en forma solidaria a una automotriz y a la concesionaria local a entregar un veh\u00edculo 0 KM que reemplace el defectuoso, pero adem\u00e1s deber\u00e1n pagarle al cliente 200 mil pesos en concepto de da\u00f1o moral incluyendo intereses [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":60491,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_joinchat":[],"footnotes":""},"categories":[73],"tags":[],"class_list":["post-64681","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","category-noticias-general"],"amp_enabled":true,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.todoeldia.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/64681","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.todoeldia.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.todoeldia.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.todoeldia.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.todoeldia.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=64681"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.todoeldia.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/64681\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":64682,"href":"https:\/\/www.todoeldia.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/64681\/revisions\/64682"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.todoeldia.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/60491"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.todoeldia.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=64681"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.todoeldia.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=64681"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.todoeldia.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=64681"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}