{"id":67324,"date":"2023-10-31T16:01:37","date_gmt":"2023-10-31T19:01:37","guid":{"rendered":"https:\/\/www.todoeldia.com\/?p=67324"},"modified":"2023-10-31T16:01:40","modified_gmt":"2023-10-31T19:01:40","slug":"la-municipalidad-de-vaqueros-sancionada-por-arrojar-residuos-y-contaminar-el-rio-yacones","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.todoeldia.com\/index.php\/2023\/10\/31\/la-municipalidad-de-vaqueros-sancionada-por-arrojar-residuos-y-contaminar-el-rio-yacones\/","title":{"rendered":"La municipalidad de Vaqueros sancionada por arrojar residuos y contaminar el R\u00edo Yacones"},"content":{"rendered":"\n<p>Un empleado de la municipalidad de Vaqueros fue observado arrojando, desde un cami\u00f3n municipal, residuos en el r\u00edo. En sede Fiscal se lleg\u00f3 a un acuerdo preliminar de sanci\u00f3n con el empleado y el Secretario de Obras y Servicios P\u00fablicos y el Subsecretario de Obras P\u00fablicas, que deber\u00e1n presentar un plan de retiro de restos, un plan de disposici\u00f3n de restos y deber\u00e1n realizar tareas de concientizaci\u00f3n mediante colocaci\u00f3n de carteler\u00eda y personal controlando en la zona.<\/p>\n\n\n\n<p>El fiscal Penal a cargo de la Unidad Fiscal Contravencional (UFICON), Ramiro Ramos Ossorio, represent\u00f3 al Ministerio P\u00fablico Fiscal en el acuerdo preliminar alcanzado con un empleado y dos funcionarios de la Municipalidad de Vaqueros por contravenciones contra el ecosistema.<\/p>\n\n\n\n<p>Desde UFICON se hab\u00eda solicitado juicio contra el empleado de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Municipal, el Secretario de Obras y Servicios P\u00fablicos y el Subsecretario de Obras P\u00fablicas de la Municipalidad de Vaqueros por resultar intervinientes en el conjunto de actividades, que concluyeron en el arrojamiento de residuos en lugares p\u00fablicos sin una debida gesti\u00f3n integral conforme las exigencias normativas.<\/p>\n\n\n\n<p>Los tres acusados fueron citados en la UFICON, tal como establece el art\u00edculo 173 del C\u00f3digo Contravencional de la Provincia, que establece que \u201ccuando el Fiscal formule requerimiento de juicio convocar\u00e1 al presunto contraventor para que acuerde la imposici\u00f3n de una sanci\u00f3n o la suspensi\u00f3n del juicio; de no mediar tal acuerdo remitir\u00e1 las actuaciones para la realizaci\u00f3n del juicio\u201d<\/p>\n\n\n\n<p>En sede Fiscal se lleg\u00f3 a un acuerdo preliminar de sanci\u00f3n con los contraventores, que deber\u00e1n presentar un plan de retiro de restos del Rio Yacones de la localidad de Vaqueros, un plan de disposici\u00f3n de restos (aprobado por la Secretaria de Medio Ambiente de la provincia de Salta) y deber\u00e1n realizar tareas de concientizaci\u00f3n mediante colocaci\u00f3n de carteler\u00eda y personal controlando en la zona.<\/p>\n\n\n\n<p>En la misma causa, la UFICON dio intervenci\u00f3n a la Secretaria de Recursos H\u00eddricos, quienes resolvieron notificar a la Municipalidad de Vaqueros para que adopte medidas urgentes a los efectos de la remoci\u00f3n de los micro basurales en las m\u00e1rgenes del R\u00edo Yacones y Rio de las Nieves, con la debida intervenci\u00f3n de la Secretaria de Medio Ambiente bajo apercibimiento de ley.<\/p>\n\n\n\n<p>Asimismo, se comunic\u00f3 a al Ministerio de Producci\u00f3n y Desarrollo Sustentable, a la Municipalidad de Vaqueros, a la Unidad Fiscal Contravencional, a la Polic\u00eda Rural y Ambiental, a la Secretaria de Ambiente de la provincia de Salta a los fines de que contin\u00faen las actuaciones a la Direcci\u00f3n de Fiscalizaci\u00f3n y Control.<\/p>\n\n\n\n<p>La causa<\/p>\n\n\n\n<p>Las actuaciones de la UFICON iniciaron luego de que 19 de marzo de 2021, un agente de la Polic\u00eda Rural y Ambiental que realizaba patrullaje preventivo en las m\u00e1rgenes del Rio Yacones de la localidad de Vaqueros, observara que un cami\u00f3n blanco, sin patente, se encontraba arrojando restos de poda, escombros y otros residuos sobre el lecho del r\u00edo. El conductor del veh\u00edculo se identific\u00f3 como personal de la Municipalidad de Vaqueros, a quien tambi\u00e9n pertenec\u00eda el cami\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>El chofer fue sancionado por infracci\u00f3n al art\u00edculo 89 del C\u00f3digo Contravencional, que establece que establece que \u201cser\u00e1 sancionado con arresto de hasta veinte (20) d\u00edas o multa de hasta veinte (20) d\u00edas el que arrojare en lugares p\u00fablicos elementos, objetos o sustancias que constituyan residuos domiciliarios, en transgresi\u00f3n a lo previsto por las normas y las autoridades administrativas para su debida gesti\u00f3n integral, seg\u00fan Ley Nacional 25.916\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Al tomar intervenci\u00f3n la UFICON, se solicit\u00f3 al Cuerpo de Investigaciones Fiscales que realizara una inspecci\u00f3n ocular en la zona e informes a la Municipalidad de Vaqueros. Desde el CIF comunicaron que se observaron peque\u00f1os mont\u00edculos de material vegetal, neum\u00e1ticos, bolsas de pl\u00e1stico con envases de pl\u00e1stico, restos de cart\u00f3n y pl\u00e1stico y mont\u00edculos de escombros cubiertos con vegetal, siendo la afectaci\u00f3n ambiental principal la alteraci\u00f3n del paisaje.<\/p>\n\n\n\n<p>Por su parte, la Municipalidad de Vaqueros inform\u00f3 que los residuos s\u00f3lidos urbanos (RSU) son dispuestos en el vertedero San Javier y que, lo que dispone en el R\u00edo Wierna, son restos de poda (vegetales) que se colocan sobre el margen del r\u00edo y posteriormente se los tapa con piedras para reforzar dicha margen.<\/p>\n\n\n\n<p>Sin embargo, la inspecci\u00f3n ocular realizada por el CIF constat\u00f3 la presencia de restos de escombros sobre el lecho del r\u00edo Wierna.<\/p>\n\n\n\n<p>Teniendo en cuenta todo ello, desde UFICON se determin\u00f3 que el Secretario de Obras y Servicios P\u00fablicos y el Subsecretario de Obras P\u00fablicas de la Municipalidad de Vaqueros tambi\u00e9n ten\u00edan responsabilidad en el hecho toda vez que, como funcionarios p\u00fablicos, eran quienes ordenaban a sus dependientes que los residuos sean depositados en el Rio Yacones Vaqueros por lo que se les labrara acta de infracci\u00f3n al art\u00edculo 94 bis.<\/p>\n\n\n\n<p>El mencionado art\u00edculo dispone que \u201cser\u00e1 sancionado con arresto de hasta ochenta (80) d\u00edas o multa de hasta ochenta (80) d\u00edas, el funcionario p\u00fablico que por acci\u00f3n u omisi\u00f3n dolosa, provocare, consintiere, autorizare o no denunciare la concreci\u00f3n de un da\u00f1o ambiental, con efecto sobre la salud y\/o el patrimonio de las personas, siempre que el hecho no constituya delito\u201d<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Un empleado de la municipalidad de Vaqueros fue observado arrojando, desde un cami\u00f3n municipal, residuos en el r\u00edo. 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