Jueces, fiscales y abogados destacaron el trabajo y el coraje de los dos camaristas que respaldaron las confesiones de los arrepentidos

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Los jueces Diego Barroetaveña y Daniel Petrone ratificaron la validez de los arrepentidos.

Infobae consultó a constitucionalistas, penalistas y juristas sobre el fallo de la Cámara de Casación que ratificó la constitucionalidad de la ley en el caso de los cuadernos de las coimas.

No es la primera vez que la Justicia convalida la ley del arrepentido, pero esta vez tuvo un significado especial porque quedó ratificado el corazón de la causa sobre los cuadernos de la corrupción, que tiene a la vicepresidenta Cristina Kirchner como una de las principales acusadas. En ese contexto, los especialistas destacaron la “valentía” de los dos camaristas que terminaron ratificando la constitucionalidad de esa norma. Se trata de Daniel Petrone y Diego Barroeteveña.

“En un entorno tan hostil para la independencia judicial, y luego del mensaje confuso de la Corte Suprema sobre los jueces trasladados, el hecho de que haya jueces que se sigan atreviendo a dictar resoluciones que no conformen al poder kirchnerista es algo para aplaudir”, opinó el abogado y ex integrante del Consejo de la Magistratura Alejandro Fargosi.

Para Daniel Sabsay, el fallo de la Sala I “fortalece” la investigación del fiscal Carlos Stornelli, hostigado por el kirchnerismo. “Fiel a sus principios militantes (Ana María) Figueroa votó en contra de la ley, pero los otros dos camaristas terminaron respaldando la norma. Es muy valioso el fallo porque toma toda la jurisprudencia de la Corte en la materia por lo cual la Corte debería confirmar”, sostuvo ante una consulta de Infobae.

Por mayoría, el tribunal rechazó los recursos que habían presentado las defensas de Julio De Vido, Hernán Gómez y Juan Lascurain contra la ley del arrepentido. En otra resolución de 6 páginas, los jueces también rechazaron los pedidos de la defensa de Cristina Kirchner, del ex ministro de Planificación y de Roberto Baratta, que pedían la nulidad de la declaración del chofer Oscar Centeno.

“En el caso concreto de la Ley 27.304, los recurrentes deberían demostrar, de manera concreta y específica, de qué modo la norma cuya inconstitucionalidad alegan viola garantías y derechos reconocidos por la Carta Magna y, en ese ámbito de discusión, quedarán al margen del examen las motivaciones y finalidades que inspiraron a los legisladores para sancionar la norma en trato (por cierto, es útil memorar que la ley fue aprobada por ambas cámaras con una amplísima mayoría”, sostuvo el voto mayoritario.

En el caso de los cuadernos de las coimas, hubo 31 arrepentidos, entre empresarios y ex funcionarios, que buscaron aliviar su situación para salir de prisión o evitar una detención. Aunque las defensas seguramente irán a la Corte, el fallo de Casación convalida el avance de la causa rumbo a juicio oral.

“Los dos votos, el de la mayoría y la minoría, están muy bien fundados. Considero que la mayoría acierta en que no es inconstitucional (la ley del arrepentido) y que la minoría acierta en que los registros deben ser como mínimos audiovisuales”, sostuvo el abogado constitucionalista Andrés Gil Dominguez ante una consulta puntual de este medio.

Las defensas de varios de los imputados apuntaron a la falta de registros fílmicos o audiovisuales en el testimonio de los arrepentidos. Los fiscales Carlos Stornelli y Fabiana León habían justificado esa ausencia al señalar que la ley solo hablaba del registro con “medios técnicos idóneos”.

Los dos camaristas que integraron la mayoría coincidieron con ese criterio. “Las defensas no logran demostrar -al menos en esta etapa- el agravio constitucional concreto que la omisión de un registro visual y auditivo de las declaraciones les causa, ya que tanto con un registro escrito como con uno visual o auditivo es posible efectuar, en principio, un control posterior”, dice el fallo.

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