Corredores viales apelo la decisión del Juez de Metan que ordenó reparar la ruta 34

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La empresa Corredores Viales, es la concesionaria de la ruta nacional 9/34 en el tramo desde el kilómetro 1300 en Tucumán, hasta el kilómetro 1554 en el empalme de Torzalito, provincia de Salta. La longitud del tramo que tiene a cargo la empresa, es de 254 kilómetros.

La empresa apeló la decisión del juez Sebastián Fucho que la obligaba a reparar la ruta en un plazo de 20 días y de  pagar una sanción de dos millones de pesos destinada al hospital Del Carmen. No obstante Fucho cuestionó que no pudo acceder a los montos de la recaudación de la empresa de forma diaria, aunque sí pudo inferir en los montos que la empresa recibiría de Nación.

 En este sentido el magistrado aseguró que desde la empresa señalaron que desde el Estado no están cumpliendo por lo que no cierra la ecuación económica, es decir que no cubren con los costos. “Esta empresa, aparte de

lo que cobra por día de peaje, tiene dos tipos de subvenciones del Estado. Por un lado, ayuda del Tesoro de la Nación llegando alrededor de 1.700 millones para el período 2022-2023 siguiendo con el mismo valor al día de la fecha porque no rige el presupuesto nuevo; y por otro lado un porcentaje del precio del gasoil. Es decir que por cada litro de gasoil que el ciudadano paga en la estación de servicios, un porcentaje va a la empresa Corredores Via-les SA”, dijo el juez Fucho en diálogo con El Vocero.

 Sobre este último punto, haciendo cálculos simples, Fucho explicó que “había un ingreso de 20 mil millones de pesos por el 2023 con el precio de 171 pesos el litro de gasoil, hoy el litro vale 970 pesos por lo que ahora el aporte es de 94 mil millones de pesos. Y con todo ese dinero dicen que no pueden reparar la ruta”.

La notificación a la empresa de la resolución judicial se concretó el día Lunes, por lo que restan 16 días para que se concrete el arreglo de la cinta asfáltica.  “Para el caso de que Corredores Viales no cumpla con esta obligación que se le impone, se van a aplicar una multa diaria por el incumplimiento de la obligación” dijo el magistrado.

“Este proceso continúa porque las partes obviamente si no están de acuerdo con la resolución pueden apelarla de acuerdo a lo que establece el artículo 87 de la Constitución de la Provincia de Salta, lo cual no quiere decir que quede suspendida la orden. No, se debe cumplir la orden y pueden apelar esta resolución que directamente se eleva a la Corte de Justicia de Salta” concluyó.

El Vocero de Metan

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