Los condenados llevaban más de un kilogramo de cocaína cada uno dentro del cuerpo. Viajaban desde Orán a CABA, como pasajeros de un micro de larga distancia que fue detenido en la ciudad santafesina de Ceres. Rechazaron la expulsión anticipada a su país y deberán cumplir la pena en Argentina.
El Juzgado Federal de Garantías de Rafaela condenó a dos ciudadanos de nacionalidad boliviana a la pena de 4 años de prisión por el transporte de más de un kilo de cocaína cada uno, bajo la modalidad de ingesta de cápsulas. Los imputados habían sido detenidos el 2 de diciembre de 2025, cuando viajaban como pasajeros en un micro de larga distancia procedente del norte del país que fue interceptado por Gendarmería Nacional en la ciudad santafesina de Ceres.
El hecho ocurrió el 2 de diciembre de 2025, cuando personal de la Sección Seguridad Vial Ceres de Gendarmería Nacional interceptó un micro de pasajeros a la altura del kilómetro 387 de la ruta nacional 34, que había partido desde la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán, provincia de Salta, con destino final a un tour de compras en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

La inspección del can antinarcóticos de Gendarmería dio positiva sobre el bolso de uno de los imputados, que luego manifestaron que habían ingerido cápsulas de cocaína.
Durante la inspección exterior de la unidad, no se produjo ninguna alerta, pero cuando el can detector “Sasha” subió al micro, se produjo una marcación positiva, primero del bolso perteneciente al imputado Quispe Carmona, y luego, de una de las manos de Rocha Risco. El procedimiento fue trasladado a la base operativa de la fuerza, donde los pasajeros manifestaron malestar físico y admitieron que transportaban estupefacientes mediante la ingesta de cápsulas.
Durante una audiencia realizada el viernes pasado ante el juez federal de Garantías Aurelio Cuello Murúa, fueron condenados Sirilo Quispe Carmona, de 27 años, y Abel Rocha Risco, de 28, como coautores del delito de transporte de estupefacientes, previsto en el artículo 5°, inciso c. de la Ley 23.737, de persecución del narcotráfico. Además de la pena a 4 años de prisión efectiva, se les impuso el pago de una multa y de las costas procesales y se ordenó la destrucción del material estupefaciente incautado.
Respecto de Rocha Risco, el juez resolvió declararlo reincidente por la existencia de una condena previa dictada en abril de 2025 por la justicia de la República Federativa de Brasil, por un hecho idéntico en el que ingresó droga a ese país mediante una ingesta.






