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Alerta ambiental en Salta: la Justicia dio 10 días a petroleras para cerrar un pozo contaminante en Pichanal

YPF y President Petroleum deberán presentar un plan de cierre definitivo y medidas urgentes de contención en el pozo Loma de Olmedo X-10, en Puesto Guardián. La Justicia busca evitar que las sustancias presentes en el terreno se extiendan hacia campos agrícolas y ganaderos con las lluvias.

La Justicia de San Ramón de la Nueva Orán ordenó medidas cautelares urgentes para frenar el riesgo ambiental en el pozo petrolero Loma de Olmedo X-10, ubicado en Puesto Guardián, ante la persistencia de emanaciones de gases y la presencia de sustancias sobre la superficie.

A pedido de la fiscal penal de Pichanal, María Sofía Fuentes, se intimó a YPF S.A. y President Petroleum S.A. a presentar, en un plazo de diez días hábiles, un plan técnico para el cierre definitivo del pozo y otro de contingencia para contener la contaminación. La resolución fue notificada el 23 de octubre.

Riesgo de que la contaminación avance con las lluvias

Los informes del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF) advirtieron sobre la continuidad de la afectación ambiental y el peligro de que las precipitaciones arrastren las sustancias hacia terrenos vecinos destinados a la producción agrícola y ganadera.

La medida contempla delimitar y aislar el área afectada, instalar barreras de contención, identificar posibles cursos de escorrentía y monitorear las propiedades cercanas. También exige prever la recuperación y disposición segura de las sustancias que pudieran desplazarse.

La intimación alcanza a varias petroleras

El plan de cierre deberá incluir procedimientos técnicos, medidas de seguridad, acciones para impedir nuevas emanaciones, un cronograma de ejecución y controles posteriores.

La resolución también involucra a E.P.P. Petróleo S.A., Tripetrol Petroleum S.A., Netherfield Corporation Sucursal Argentina y Petrolera San José S.R.L., que se encontraban pendientes de notificación según la información difundida.

La Secretaría de Ambiente y la Secretaría de Minería y Energía de Salta deberán intervenir, junto con las empresas, en la elaboración y ejecución de las medidas de contingencia y contención.

Posible responsabilidad solidaria

En los fundamentos, la Justicia consideró que las empresas que integraron la cadena de concesión y explotación podrían tener responsabilidad objetiva y solidaria por los costos del cierre técnico y la recomposición del suelo afectado.

La decisión se apoya en los principios de prevención y precaución de la Ley General del Ambiente y en las disposiciones del Acuerdo de Escazú. Sin embargo, la medida cautelar no constituye una declaración definitiva de responsabilidad sobre las firmas involucradas.

El juez Ramiro Morizzio dispuso que el incumplimiento de las intimaciones podrá derivar en consecuencias legales por desobediencia judicial, prevista en el artículo 239 del Código Penal.

La prioridad ahora es impedir que continúen las emanaciones, contener las sustancias detectadas y evitar que la contaminación alcance zonas productivas y agrave el impacto sobre el ambiente.

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