Tras confesar las aberraciones cometidas entre 2024 y 2025, el imputado recibió una pena de cumplimiento efectivo, fue declarado reincidente por segunda vez y perdió la responsabilidad parental sobre la víctima.
El horror latía a puertas adentro y bajo la falsa protección del vínculo paterno. En el marco de un acuerdo de juicio abreviado pleno, la Justicia salteña dictó una pena de 8 años de prisión efectiva para un sujeto hallado culpable de reiterados abusos sexuales en perjuicio de su hijo menor de edad.
La resolución fue emitida por la jueza Mónica Mukdsi, quien declaró al aberrante agresor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante (por la reiteración y circunstancias de realización) y abuso sexual con acceso carnal continuado, ambos agravados por el vínculo, la guarda y la convivencia, en concurso real.
Además, dada la gravedad de sus antecedentes, el tribunal lo declaró reincidente por segunda vez.
Años de tortura y quiebre de la patria potestad
Los vejámenes contra el pequeño ocurrieron de manera sistemática entre los años 2024 y 2025, transformando la convivencia familiar en un auténtico calvario. Como consecuencia directa e inmediata de la condena, la magistrada dispuso la privación de la responsabilidad parental del condenado respecto del menor, cortando de raíz cualquier potestad legal sobre la víctima.
Durante el desarrollo de la audiencia, el acusado acorralado por las pruebas reconoció formalmente los hechos por los cuales llegó al banquillo de los acusados y aceptó la sanción fijada. La sentencia contó con el consentimiento de la Asesoría de Incapaces, y tanto la fiscalía como la defensa renunciaron a los plazos para recurrir el fallo, dejándolo firme.
Traslado a la cárcel, ADN y sobreseimiento parcial
El fallo ordenó el inmediato traslado del sujeto a la Unidad Carcelaria N° 1, donde deberá cumplir su condena bajo estricta custodia. Asimismo, se dispuso que reciba tratamiento especializado por sus adicciones y asistencia psicológica en caso de que los profesionales de la salud así lo determinen.
Para garantizar que no haya impunidad en futuros hechos y cumplir con los protocolos de delitos contra la integridad sexual, la jueza ordenó exámenes médicos y la extracción de muestras de ADN para su posterior inscripción en los Bancos de Datos Genéticos provincial y nacional.







